La Cámara de Casación revocó una prisión domiciliaria fundada en la discapacidad de su madre y obligó a un hombre a volver a prisión por no cumplir con los requisitos para acceder al beneficio.
En los autos "T. S. F. s/ recurso de casación", la Cámara Federal de Casación Penal revocó una prisión domiciliaria fundada en la discapacidad de su madre y obligó a un hombre a volver a prisión por no cumplir con los requisitos para acceder al beneficio.
Los miembros del Tribunal explicaron que corresponde revocar la sentencia que hizo lugar a la prisión domiciliaria basada en la necesidad de asistir a la madre incapacitada y postrada porque presenta un claro apartamiento de la letra de la ley, sin atender a que la enfermedad de la madre del procesado está atendida y presenta una situación exenta de riesgos.
"El hecho de que el procesado tenga una madre con un cuadro de salud delicado, no se adecua a los requerimientos del beneficio a tenor de los supuestos que contemplan los artículos de la Ley 24.660 y, si bien no puede descartarse la situación emocional por la que atraviesa la nombrada, lo cierto es que ese estado no está previsto en las normas antes indicadas de modo que hagan viable la detención domiciliaria"
Los magistrados destacaron que el hombre está imputado por el delito de asociación ilícita, tentativa de ingreso al territorio nacional de mercadería alojada en contenedores, usando declaraciones falaces con el fin de eludir los controles dispuestos por la Aduana y otorgarle dicho beneficio peligra la investigación ya que todavía está pendiente identificar al resto de los miembros de la banda.
El hecho de que el procesado tenga una madre con un cuadro de salud delicado, no se adecua a los requerimientos del beneficio a tenor de los supuestos que contemplan los artículos de la Ley 24.660
Por último, los camaristas coincidieron en que este caso no cuadra en las situaciones previstas por la ley ya que más allá del estado de salud de la madre del encartado, ésta percibe mensualmente una suma de dinero suficiente para afrontar los gastos de asistencia necesarios para su bienestar y desenvolvimiento físico.
Además, la mujer cuenta con la asistencia de una persona en forma permanente, con la que convive hace más de 34 años y está a su cuidado.