20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Indemnización para los policías sediciosos

Un grupo de uniformados reclamó los perjuicios soportados durante el tiempo que duró sus detenciones por la rebelión ocurrida en diciembre de 2013. La Justicia de Entre Ríos hizo lugar al reclamo y elevó la indemnización ante las “serias irregularidades” de los lugares de alojamiento.

En diciembre de 2013, un grupo de uniformados tomó la jefatura departamental de la ciudad de Concordia. El hecho se dio en el marco del reclamo de aumento salariales, que terminó con tres muertos y saqueos en la localidad entrerriana.

Los policías, condenados por sedición, reclamaron los perjuicios soportados durante el tiempo que duró sus detenciones en las Unidades Penales Nº 8 de la ciudad de Federal, y Nº 1 de Paraná.

En los autos "C., L. R. J. y otros C/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos S/ Ordinario", el magistrado de grado hizo lugar parcialmente a la pretensión resarcitoria promovida por los efectivos policiales y condenó al Estado provincial a abonar a cada uno de ellos la suma de 18 mil pesos.

El magistrado de grado consideró que las condiciones de detención y prisión preventiva de los actores “no habían respetado los estándares mínimos”. En la causa se comprobó, entre otras cuestiones, el déficit estructural y la falta de higiene del lugar, ya que los demandantes estuvieron alojados en lugares con las paredes cubiertas con materia fecal e incluso que debieron hacer sus necesidades fisiológicas en recipientes improvisados. 

El Tribunal de Alzada confirmó las serias irregularidades constatadas en los lugares de detención, tales como la falta de atención médica, las condiciones de insalubridad, la ausencia de agua caliente y las complicaciones a la hora de satisfacer las necesidades sanitarias.

También señaló la “inexistencia de otro espacio físico apto para el alojamiento que garantizara las condiciones a los actores, considerando la circunstancia particular que los mismos formaban parte de la fuerza de seguridad y no podían convivir con los internos comunes”.

El fallo recibió embate recursivo de ambas partes. En este escenario, la Sala I en lo Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Concordia admitió el recurso de apelación interpuesto por los policías y elevó a 100 mil pesos el monto de indemnización en concepto de reparación de los padecimientos sufridos durante la prisión preventiva.

El Tribunal de Alzada confirmó las "serias irregularidades" constatadas en los lugares de detención, tales como la falta de atención médica, las condiciones de insalubridad, la ausencia de agua caliente y las complicaciones a la hora de satisfacer las necesidades sanitarias.

Los camaristas determinaron así la responsabilidad por las “condiciones humillantes y denigrantes”, y concluyeron: “el Estado debe respetar un piso mínimo en las condiciones de detención, y privación de la libertad de todo ciudadano, brindando condiciones de vida digna, siempre dentro del contexto socio-económico imperante en el país y en adecuada relación con las limitaciones presupuestarias por las que atraviesan todas las reparticiones estatales”.



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