La Justicia de Venado Tuerto admitió la excusación de un magistrado ante la designación de su hermano como martillero en el expediente.
En los autos "Peiretti Horacio David c/ Gace Sandra Marisa s/ consurso especial", la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto admitió la excusación de un magistrado ante la designación de su hermano como martillero en el expediente.
Los jueces tuvieron como bien decidido el apartamiento del magistrado, ante la designación de su hermano como martillero en el expediente, ya que "desde el Estado se deben tomar y celosamente todos los recaudos para asegurar al ciudadano las garantías establecidas en la Carta Magna, más allá que el propio interesado haya guardado silencio sobre el punto".
Los miembros de la Cámara resolvieron aceptar el apartamiento efectuado por el juez Juan Ignacio Prola y proceder a integrar el Tribunal con el magistrado Mario Chaumet.
Los camaristas explicaron que de no haber aceptado la petición del juez, lo habrían obligarlo a integrar un Tribunal que debe resolver sobre cuestiones, en las que puede estar "afectando de modo tal, la imparcialidad objetiva, que tiene que ver con que el juzgador dé garantías suficientes en su desempeño para evitar cualquier duda razonable que pueda conducir a presumir de modo directo, ir su parcialidad frente al caso".
O, en el caso que no se hubiera apartado, se obligaría al martillero a rechazar su futura designación, por haber intervenido su hermando, lesionando su derecho a trabajar.
Por todo lo expuesto, los miembros de la Cámara resolvieron aceptar el apartamiento efectuado por el juez Juan Ignacio Prola y proceder a integrar el Tribunal con el magistrado Mario Chaumet.