Miembros del Colegio de Abogados de La Plata promovieron un amparo colectivo para garantizar el voto y la posibilidad de ser candidatos de los abogados que adeudan su matrícula en la Provincia de Buenos Aires.
Con vistas a las próximas elecciones, miembros del Colegio de Abogados de La Plata promovieron un amparo colectivo para garantizar el voto y la posibilidad de ser candidato de los abogados que adeudan su matrícula en la Provincia de Buenos Aires.
La denuncia, que quedó radicada ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata, fue interpuesta un grupo de abogados y el apoderado de la lista 1346 “Compromiso Profesional” para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 112 para que todos los letrados que adeuden hasta dos años el pago de la matrícula puedan votar o formar parte de las listas de competidores.
La ley que hoy cuestionan los denunciantes sostiene que sólo pueden votar aquellos abogados que tengan paga la matrícula profesional del año anterior a la elección. Pero, según la denuncia, la misma norma habilita para el ejercicio profesional con hasta dos años de deuda.
Los abogados piden que se anule "la prohibición dispuesta en la norma en cuestión de la prohibición de votar impuesta a todo colegiado que no figure en el padrón por falta de pago de la matrícula, particularmente, para el próximo acto eleccionario de los días 17 y 18 de mayo próximos 2018 para la renovación de autoridades del Consejo Directivo Departamental Delegados a la Caja de Previsión y Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de la Plata”.
Por ese motivo, solicitaron “una medida cautelar innovativa que promueva la inclusión en el padrón electoral de la convocatoria de todos los colegas no comprendidos en el extremo del punto anterior, permitiéndoseles ejercer su derecho de voto y de representación si así lo desean".
La ley que hoy cuestionan los denunciantes sostiene que sólo pueden votar aquellos abogados que tengan paga la matrícula profesional del año anterior a la elección. Pero, según la denuncia, la misma norma habilita para el ejercicio profesional con hasta dos años de deuda.