La Cámara Civil ordenó a un consorcio a cubrir los gastos de los daños derivados de las filtraciones provenientes de la unidad funcional superior.
En los autos "Granmont Sociedad Anónima c/ Consorcio de Propietarios Zapata 325 Capital Federal s/ daños y perjuicios derivados de la propiedad horizontal", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ordenó a un consorcio a cubrir los gastos de los daños derivados de las filtraciones provenientes de la unidad funcional superior.
Los miembros del Tribunal admitieron la demanda por los daños y perjuicios ocurridos en la vivienda de la demandante como consecuencia de las filtraciones provenientes de una propiedad horizontal.
Para resolver, los jueces se basaron en las fotografías presentadas por la mujer damnificada que acreditaron las filtraciones en la unidad y que que coinciden con los daños constatados por el perito designado.
"Si bien es cierto que la Ley 25.561 introdujo importantes modificaciones a la Ley de Convertibilidad también lo es que mantiene la prohibición de actualizar los montos de condena, por tanto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, no corresponde corregir de ningún modo las sumas estimadas por daño emergente al momento de dictar sentencia", expresaron los magistrados para desestimar los agravios de la parte demandada.
Para resolver, los jueces se basaron en las fotografías presentadas por la mujer damnificada que acreditaron las filtraciones en la unidad y que que coinciden con los daños constatados por el perito designado.
Finalmente, los camaristas confirmaron la sentencia de grado y condenó al consorcio demandado a abonarle a la dueña del inmueble la suma de $52.750, mas los intereses y las costas del juicio.