La Corte Suprema aclaró que no está prevista una fecha límite para solicitar la suspensión del juicio a prueba. Por ello, consideró que la Casación Federal "excedió su jurisdicción" al revocar una resolución que concedió una probation porque no se pidió en tiempo oportuno.
La Corte Suprema falló en favor de un hombre al que un Tribunal Oral le había concedido la suspensión del juicio a prueba pero luego la Cámara Federal de Casación Penal le rechazó el beneficio por entender que no lo había solicitado oportunamente.
Ocurrió en autos "Martinez, Jorge s/ lesiones graves (art.90)" donde el Máximo Tribunal, con votos de los supremos Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz – Elena Highton de Nolasco votó en disidencia- hicieron lugar al recurso presentado por la defensa del imputado, que alegó que se violentaron las garantías del debido proceso y defensa en juicio.
"No se articuló cuestionamiento alguno sobre la oportunidad procesal para solicitar la aplicación del referido instituto"
Los jueces consideraron que el "exceso" en la jurisdicción se dio en razón de que el fiscal del caso – que apeló el fallo del Tribunal Oral- no cuestionó el momento en que se solicitó la probation, ni cuando se pidió, ni cuando apeló ante Casación.
Sin embargo, el fallo de Casación- por mayoría- indicó que la solicitud de suspensión del juicio a prueba había sido presentada de forma extemporánea, porque fue luego de la fijación de la audiencia de debate.
La Corte, tras advertir que "no se articuló cuestionamiento alguno sobre la oportunidad procesal para solicitar la aplicación del referido instituto", que es además un aspecto que "no se encuentra taxativamente previsto en la normativa nacional vigente, sino que responde a interpretaciones elaboradas jurisprudencialmente", concluyó que Casación Federal no podía fallar sobre ese extremo.
La defensa "no pudo, razonablemente, presentar argumentos para anticiparse a una solución que volvió sobre una cuestión cuyo tratamiento había precluido"
"Los aspectos litigiosos del caso derivaron hacia otras cuestiones diferentes" dijeron los jueces de la Corte, que compartieron en ese aspecto lo dictaminado por la Procuracipn General de la Nación, en el sentido de que Casación, al pronunciarse sobre algo que no había sido motivo de recurso, vulneró el derecho de defensa del imputado.
A entender de los supremos, la defensa "no pudo, razonablemente, presentar argumentos para anticiparse a una solución que volvió sobre una cuestión cuyo tratamiento había precluido".