20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Sitios web ilegales

Una mala apuesta

La Justicia en lo PCyF de la Ciudad condenó al responsable de la organización y explotación de una plataforma online de apuestas ilegales. También ordenó la creación de un fondo de reserva para reparar los perjuicios de quienes se presenten como afectados.

El responsable de la organización y explotación de una plataforma de apuestas ilegales fue condenado a tres años de prisión -de ejecución condicional- y a abstenerse de operar dicho sitio. Así lo resolvió el titular del Juzgado N°1 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad, Rodolfo Ariza Clerici, en una causa por la comisión del delito tipificado en el artículo 301 bis del Código Penal.

En el caso, el juez consideró que el acusado “utilizó los medios tecnológicos adecuados para captar apuestas provenientes de juegos de azar mediante la plataforma que brinda la página web Mil Jugadas”, con el fin de “organizar, explotar y administrar comercialmente dicha actividad (…) sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad competente”. La maniobra desarrollada prometía “premios en dinero” a los usuarios que realizaran apuestas.

“Las conductas objeto del proceso indudablemente ocasionaron pérdidas económicas a los apostadores, que han quedado al descubierto del respaldo necesario para garantizar el reintegro de las sumas de dinero que habían entregado para llevar a cabo las apuestas”, señaló.

El delito se encuentra tipificado en el artículo 301 bis del Código Penal, el cual establece: “Será reprimido con prisión de tres a seis años el que explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente”.

 

Las páginas web quedarán inhabilitadas en el territorio de la Ciudad, en la medida que no cuenten con el permiso correspondiente de la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires (LOTBA). 

 

El magistrado dispuso, además, que “el condenado deberá fijar residencia y comunicar cualquier cambio a la fiscalía o juzgado, cumplir con las citaciones o requerimientos de la fiscalía o juzgado, dar aviso de salida del territorio nacional”. Según el fallo, serán decomisados los efectos secuestrados y se le impondrán las costas del proceso al condenado.

Las páginas web quedarán inhabilitadas en el territorio de la Ciudad, en la medida que no cuenten con el permiso correspondiente de la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires (LOTBA). También se ordenó constituir un fondo de reserva de 200 mil pesos tendiente a reparar los perjuicios de quienes se presenten como afectados por los hechos del proceso.



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