La justicia de Rosario determinó que la utilización de una computadora personal por parte de la demandante no la legitima al cobro del adicional del 20% sobre su básico.
En los autos "Artero Silvia Alejandra c/ Instituto del Niño Sociedad de Responsabilidad Limitada s/ cobro de pesos", la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario determinó que la utilización de una computadora personal por parte de la demandante no la legitima al cobro del adicional del 20% sobre su básico.
La mujer interpuso una demanda contra el Instituto del Niño de Rosario para que se le otorgue un pago adicional por tener que utilizar su computadora personal para realizar trabajos de la institución.
Los jueces rechazaron la demanda por entender que el reclamo no puede subsumirse en la actividad prevista por la Ley de Contrato de Trabajo y resaltaron que