05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

La Ciudad tiene nuevo Código Procesal

La Legislatura porteña sancionó el nuevo Código Procesal Penal de la Ciudad. Se eliminó el artículo que incluía vigilancia remota, acústica, seguimiento a través de GPS y de captación de imágenes. 

La Legislatura sancionó el nuevo Código Procesal Penal de la Ciudad. La norma busca mejorar las herramientas que disponen los jueces y afrontar eficazmente la transferencia de delitos de competencia nacional a la órbita de la justicia local.

La medida fue aprobada con 33 votos a favor y 24 en contra durante la sesión ordinaria. El proyecto fue impulsado por el Poder Ejecutivo y tiene por objetivo “incorporar los principios del proceso penal que tienden a robustecer la oralidad y el sistema de audiencias para la resolución de los conflictos de los casos judiciales”.

Entre las principales cambios, la normativa incorpora el concepto de víctima, precisándose los alcances de la facultad de querellar cuando se trate de un delito cuyo resultado sea la muerte del ofendido o cuando éste se encuentre materialmente impedido para hacerlo. También prevé expresamente la unificación de querellas y su trámite.

 

El proyecto original preveía la incorporación de la vigilancia acústica, la vigilancia remota sobre equipos informáticos, vigilancia a través de equipos de captación de imagen, la vigilancia a través de dispositivos de seguimiento y de localización, estableciendo las condiciones de registro y resguardo para garantizar su inalterabilidad y la cadena de custodia. Sin embargo, estas modificaciones generaron rechazo y oposición.

 

Además contempla la posibilidad de utilizar medios tecnológicos para la protección de las víctimas y testigos, como así también se establece que las notificaciones y las vistas pueden ser a través de medios electrónicos. Sobre este último punto, establece para los testigos residentes a más de 100 km de la Ciudad la posibilidad de utilizar un sistema de videoconferencias.

En uno de sus apartados, el nuevo Código dispone diversas "medidas especiales de investigación" que, según afirmaron, tienen por finalidad “agilizar las investigaciones”. El proyecto original preveía la incorporación de la vigilancia acústica, la vigilancia remota sobre equipos informáticos, vigilancia a través de equipos de captación de imagen, la vigilancia a través de dispositivos de seguimiento y de localización, estableciendo las condiciones de registro y resguardo para garantizar su inalterabilidad y la cadena de custodia. Sin embargo, estas modificaciones generaron rechazo y oposición.

Un grupo de organizaciones, entre las que se destacan Amnistía Internacional, Poder Ciudadano y el CELS, envió una nota a los legisladores por considerar que estos artículos “habilitan la vigilancia y vulneran la intimidad personal”.

En este sentido, las organizaciones civiles explicaron que el proyecto original "permite el ingreso remoto a celulares y computadoras, la vigilancia encubierta -incluso por delitos menores y contravenciones- a través de micrófonos y GPS, la manipulación de datos y la eliminación de los rastros del espionaje".

Cabe destacar que estas medidas de vigilancia fueron eliminadas del dictamen de mayoría. No obstante, se mantiene  la figura de agente encubierto, agente informante, con algunas modificaciones de último momento.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486