Un Juzgado Penal de Girona condenó a los progenitores de un niño de catorce años por no haberlo llevado al colegio durante cuatro años. La Justicia les impuso una multa de 1080 euros por el delito de abandono de familia "con dejación de los deberes legales de asistencia, y en especial, de la obligación de escolarización". Los padres se defendieron alegando que no pudieron llevarlo ya que el menor tenía problemas de salud, sin embargo, la Justicia reafirmó que "la asistencia regular a la escuela es uno de los pilares fundamentales en la educación de un menor" y que su cumplimiento es deber de los progenitores. "Fomentar o no poner coto al ausentismo escolar reiterado supone un incumplimiento patente de los deberes asistenciales, que puede truncar las posibilidades que al menor ofrece el aprovechamiento de la vida en el ámbito educativo, tanto por la recepción de los conocimientos, como en los importantes patrones de conducta que puede adquirir de la relación con sus profesores y compañeros", indica la sentencia.