La Justicia de Entre Ríos rechazó el recurso planteado por un hombre que pidió reducir la cuota alimentaria fijada a favor sus dos hijas, basándose en la existencia de otro grupo familiar al que también debe mantener.
Un padre pidió reducir la cuota alimentaria fijada por la Justicia, basándose en la existencia de otro grupo familiar al que también debe mantener. Sin embargo, la Sala I en lo Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú rechazó el recurso planteado.
En el caso, la sentencia de grado fijó la cuota alimentaria mensual a favor de las hijas de las partes en el equivalente al 35 por ciento de los haberes netos que el progenitor percibe como dependiente, incluyendo SAC y asignaciones familiares, como así también el sostenimiento de obra social.
El progenitor se quejó por el monto de la cuota alimentaria fijada por considerarla “elevada”. El hombre solicitó reducir la suma, ya que conformó una nueva familia que también debe mantener.
La Sala sostuvo que invariablemente que "la insuficiencia del remanente de sus ingresos para cubrir las necesidades de su nueva familia, no es un argumento atendible para repeler el reclamo”.
Sin embargo, el Tribunal de Alzada desestimó los argumentos respecto en relación a la conformación de un nuevo grupo familiar del apelante. Todo ello en los autos"G. S. M. C/ V.J. A. S/ Alimentos (Hoy incidente de aumento de cuota alimentaria)".
La Sala sostuvo que "la insuficiencia del remanente de sus ingresos para cubrir las necesidades de su nueva familia, no es un argumento atendible para repeler el reclamo”.
En efecto, los jueces entendieron que el nuevo grupo familiar “no hace más que agregar obligaciones”, y así concluyeron que el progenitor debe “realizar los mayores esfuerzos para cumplir satisfactoriamente las responsabilidades que le caben en razón de su paternidad para afrontar la manutención de su nueva prole”.