20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El Vía Crucis de la extinción de dominio

Organizaciones civiles enviaron una nota al Poder Ejecutivo para que deje sin efecto el DNU por la extinción de dominio. Las críticas sobre su constitucionalidad y la posibilidad de su tratamiento en el Congreso.

Un grupo de organizaciones civiles enviaron una nota al Poder Ejecutivo expresando su preocupación por el DNU 62/2019 para la creación del Régimen Procesal de la Acción Civil de Extinción de Dominio. La medida, que busca avanzar sobre los bienes de la corrupción y el crimen organizado, generó críticas sobre su procedencia y constitucionalidad.

Se trata de la aprobación vía Decreto de Necesidad y Urgencia del proyecto de ley presentado a principios de 2016 que tuvo media sanción en la Cámara de Diputados, pero que al llegar al Senado tuvo “modificaciones sustanciales” a “poco más de tres meses de caducidad del proyecto”. El texto volvió a la Cámara Baja, la cual no logró tratar la iniciativa al finalizar el periodo ordinario de sesiones.

Frente a esta situación, un grupo de entidades enviaron una nota al presidente Mauricio Macri solicitando que se deje sin efecto la medida, la cual establece una “acción civil de carácter patrimonial a través de la cual, a raíz de la sospecha fundada sobre la comisión de un delito grave, el Estado cuestiona la titularidad de un bien cuando no se corresponde razonablemente con los ingresos de su tenedor, poseedor o titular, o representa un incremento patrimonial injustificado”.

Aunque compartieron la incorporación de la herramienta, las organizaciones rechazaron que sea adoptada por decreto y no del modo previsto por la Constitución. Al respecto recordaron lo previsto en la Constitución, donde se prohíbe al Poder Ejecutivo emitir disposiciones de carácter legislativo a menos que “circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes”.

“El mecanismo por usted elegido para la adopción de la normativa en cuestión, en ausencia de la situación de excepción prevista por la CN para su procedencia, representa un avasallamiento de las facultades propias del Congreso una clara vulneración de uno de los principios más elementales de nuestro sistema republicano de gobierno, como lo es el de la división de poderes”, indicaron en la nota.

 

“Aún si ello sucediera, la eventual falta de acuerdos en el Congreso tampoco habilitaría su aprobación por vía de este tipo de decretos. De ser así, el Poder Ejecutivo podría valerse de esta herramienta cada vez que no se consigue que el Congreso apruebe una ley de su interés”. sostuvieron y rechazaron el argumento relativo al período de receso legislativo, pues el Ejecutivo “tiene las facultades para convocar a sesiones extraordinarias”.

 

El decreto se funda en la presunta “urgencia” frente a la falta de avances del Congreso, esgrimiendo que “el proyecto lleva así más de dos años de trámite legislativo sin resolución, por lo que urge otorgar a la Justicia herramientas eficaces para desfinanciar a las organizaciones criminales y resguardar el patrimonio estatal”.

Sin embargo, las organizaciones resaltaron que la iniciativa fue debatida en ambas Cámaras y cuenta con estado parlamentario hasta el 2020, por lo que concluyeron que “no existen elementos para considerar que la vía está agotada”.

 

En las últimas horas, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, deslizó la posibilidad de que el texto sea tratado por el Congreso. "Ojalá el Congreso pueda mejorarlo y no ratificarlo como está”, dijo el funcionario en diálogo con radio La Red.

 

“Aún si ello sucediera, la eventual falta de acuerdos en el Congreso tampoco habilitaría su aprobación por vía de este tipo de decretos. De ser así, el Poder Ejecutivo podría valerse de esta herramienta cada vez que no se consigue que el Congreso apruebe una ley de su interés”. sostuvieron y rechazaron también el argumento relativo al período de receso legislativo, pues el Ejecutivo “tiene las facultades para convocar a sesiones extraordinarias”.

El documento lleva la firma de la Asociación Civil por la Igualdad y Justicia, Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica, Centro Latinoamericano de Derechos Humanos, Conocimiento Abierto, Fundación Directorio Legislativo, Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables, Fundación Poder Ciudadano, Laboratorio de Políticas Públicas y Salta Transparente.

El DNU al Congreso

En las últimas horas, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, deslizó la posibilidad de que el texto sea tratado por el Congreso. "Ojalá el Congreso pueda mejorarlo y no ratificarlo como está”, dijo el funcionario en diálogo con radio La Red.

Y añadió: “La semana pasada firmé el envío del DNU al Congreso y se abre un proceso de discusión en la Bicameral. Luego, si hay consenso se puede tratar en el Parlamento”.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486