La Caja de Abogados de la Provincia de Buenos Aires se Allanó a la Demanda de un letrado que pretendía jubilarse en la Provincia de Buenos Aires pero mantener la matrícula del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Tras ello, el directorio de la Caja resolvió "Modificar el art. 5 eliminando el requisito de la cancelación de las matriculas de extraña jurisdicción. 2) Pase a la Comisión de Interpretación y Reglamento para la consideración general del reglamento del beneficio. 3) Pase a la Subgerencia de Prestaciones y a la Unidad de Asesoramiento Legal a los efectos de comunicar a los solicitantes alcanzados por esta resolución”. El planteo fue presentado en el marco de la causa “Chapes , Alberto Horacio C/ Caja de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Proceso Sumario de Ilegitimidad” ( Expediente Nro. 55872) Juzgado Contencioso Administrativo Nro. 1 San Isidro, por el actor, asesorado por los abogados Jorge Rizzo y Tomas Hutchinson.