Un Diputado Nacional presentó una iniciativa para que las sucesiones dejen de judicializarse y no intervengan más los abogados. Enterados, los letrados le salieron al cruce: entidades profesionales repudiaron el proyecto y declararon persona no grata al legislador, que también es abogado. Los detalles.
La comunicación vía Twitter de una iniciativa para bajar los costos de las sucesiones generó un efecto colateral al diputado Leandro López: que pasó de divulgar un proyecto para "abaratar" el costo de las sucesiones a recibir todo tipo de críticas por parte de los abogados, quienes se sintieron afectados por la propuesta,, ya que directamente los excluye de poder tramitarlas.
El pasado 13 de mayo, a través de su cuenta de Twitter @lopezleandrog, este abogado y diputado nacional (Pro) por la provincia de Neuquén, publicó un mensaje con un título llamativo: "SUCESIONES SIN ABOGADOS NI JUECES".
Diario Judicial analizó el proyecto, que establece que la declaratoria de herederos "se obtiene mediante acta notarial de notoriedad extendida en protocolo"
En la red social del pajarito Lopez anunció la presentación de un proyecto de Ley "para que podamos hacer sucesión en escribano, más barato (2% valor de bienes) más rápido, y sacando trabajo a tribunales". Debajo, un video explicativo, en el que el legislador relata las "peripecias" que deben atravesar los familiares de un fallecido para contar con su herencia.
"Tienen que ir a un abogado, pagar honorarios judiciales, iniciar un trámite ante un juez", explicó López, para quien todo eso "lleva tiempo y dinero". La propuesta para modificar esa dinámica es directamente excluir del ámbito judicial el derecho sucesorio y dejarlo en poder de los escribanos. El objetivo: "hacerlo más barato y más rápido", aseguró. Para cumplir la primera meta, el proyecto establece un monto máximo de honorarios del 2% del valor de plaza de los bienes en juego, para la segunda, determinados plazos que no pasan de los 45 dias.
Qué dice el proyecto
Diario Judicial analizó el proyecto, que establece que la declaratoria de herederos "se obtiene mediante acta notarial de notoriedad extendida en protocolo", por parte del escribano del último domicilio del difunto, y da a los herederos y legatarios la positbilidad de "optar por la vía notarial o por la vía judicial". En caso de optar por la notarial, el escribano deberá comunicar el inicio del proceso al colegio al que pertenezca.
A partir de allí, hay un periodo de diligencias de 45 días en el que se produciría la prueba, allí los herederos deberán acreditar el fallecimiento del causante con el certificado de defunción, b) el vínculo de parentesco invocado con la documentación que corresponda, incluso de aquellos posibles herederos que no hayan requerido el acta notarial. c) cuando conozca; la existencia de testamento.
Finalizado ese periodo, se llega al "juicio de notoriedad" , en el que el escribano "debe dejar constancia si están o no acreditados por notoriedad los hechos en que se funda la determinación de herederos o la aprobación formal del testamento y debe notificar el resultado al Registro dependiente del Colegio de Escribanos de su jurisdicción".
Reacciones
La propuesta generó revuelo en las redes, Jorge Rizzo, cuatro veces presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal fulminó vía Twitter la iniciativa de López y llamó a las distintas colegiaturas a declarar persona no grata al diputado neuquino. Tras Rizzo, varios profesionales del derecho comenzaron con los "dardos twitteros" a cuestionar los alcances del proyecto. Muchos de ellos abogados que ejercen la profesión de manera independiente. Un gran porcentaje de los mismos lo hace tramitando sucesiones.
Tras ello, se publicó un duro comunicado en la página del CPACF, bajo el título "la Prvatización del Derecho Sucesorio", en donde la entidad presidida por Eduardo Awad expresó su preocupación por el proyecto, que se funda en argumentos "pueriles, falsos y efectistas que atentan gravemente contra el orden constitucional toda vez que la sucesión, en cualquiera de sus casos, es un acto de jurisdicción emanado de un tercero imparcial que resulta ser el juez natural".
En relación al principal argumento en pos de quitar del Poder Judicial el trámite sucesorio, que es la disminución de costos, el CASI puso de resalto que el trámite "se encarece por la tasa de justicia, que es menor a la gabela establecido en la iniciativa conocida del 2% a favor del escribano".
"Otorgar a los escribanos el poder de jurisdicción reservado a los jueces, quienes lo obtienen a través de los mecanismos previstos en la Carta Magna, es un acto de violencia constitucional inadmisible en un Estado de Derecho", denuncia el Colegio, que nuclea a más de 100.000 profesionales del derecho.
"La privatización intentada no puede prosperar sin la modificación de la ley del Registro de la Propiedad Inmueble N° 17.801, a lo cual sólo cabe esperar que el siguiente paso sea la privatización completa del sistema registral, aspecto sólo compatible con el esquema del “common law”, evitando así la publicidad de los actos jurisdiccionales", denunciaron desde el CPACF, que declaró persona "no grata" al diputado.
En la misma sintonía, el Colegio de Abogados de San Isidro elaboró una serie de impugnaciones al proyecto, entre las que se destacan que "La sucesión ab intestato o bien la testamentaria no es un mero trámite, sino que se trata de un acto jurisdiccional por el cual se declaran herederos en la denominada declaratoria de herederos, o bien en la aprobación del testamento".
Desde la entidad agregaron también que "la sustitución de tal acto jurisdiccional en funcionarios que constituye la fe pública, no es constitucional", y apuntaron que "así como el juez no es un mero fedatario, el notario no ejerce la jurisdicción".
Por último, y en relación al principal argumento en pos de quitar del Poder Judicial el trámite sucesorio, que es la disminución de costos, el CASI puso de resalto que el trámite "se encarece por la tasa de justicia, que es menor a la gabela establecido en la iniciativa conocida del 2% a favor del escribano".
Además, sugirió que si hay un conflicto entre herederos hay que pagarle al escribano y luego recurrir a la justicia, lo que devengará nuevos gastos; y que a ese 2% de monto como tope "deberá agregarse los costos impositivos por la intervención notarial y los previsionales"