El Tribunal de Familia de La Plata, a cargo de Karina Bigliardi, le otorgó la autorización legal a una pareja para que puedan cesar la crioconservación de los embriones almacenados porque ya no desean tener mas hijos.
En la causa caratulada "R. G. J. y otro/a s/ autorización judicial", la jueza explicó que corresponde entregar la autorización requerida por el matrimonio porque ya concretaron su voluntad procreacional a través del nacimiento de sus dos hijos, manifestando no querer tener más hijos, así como no querer estar en forma vitalicia ligados a dicha situación.
El fallo, que aún no se encuentra firme, autoriza a los solicitantes a desechar seis embriones sobrantes de una fertilización asistida realizada con anterioridad, que se encuentran conservados en una clínica especializada en fertilidad.
La magistrada detalló que en la actualidad existe una ley nacional que autoriza el uso de las técnicas de reproducción humana asistida, un Código Civil y Comercial que aborda su utilización, pero existe una ausencia absoluta sobre cómo se debe proceder ante la existencia de embriones criocongelados sobre los cuales los entregadores del material genético no quieran más su implementación.
Pero, de la interpretación de la normas pertinentes del nuevo Código surge con claridad que la titularidad de los embriones formados a los fines concretar el proyecto de procreación son de las personas que hayan manifestado su voluntad de procrear a través del otorgamiento del consentimiento informado.
Por lo tanto, si no se le otorga la autorización requerida, "no puede procederse a ningún cambio de su situación, es decir que si los embriones se encuentran criocongelados permanecerán en ese estado hasta que su titular exprese su intencionalidad de modificarlo".
El fallo, que aún no se encuentra firme, autoriza a los solicitantes a desechar seis embriones sobrantes de una fertilización asistida realizada con anterioridad, que se encuentran conservados en una clínica especializada en fertilidad.