La justicia de Río Negro ordenó a una ART indemnizar con una importante suma de dinero a un cosechador que sufrió una lesión durante una cosecha.
La Cámara del Trabajo de Cipolletti hizo lugar al reclamo de un peón rural de 41 años que se cayó de la escalera mientras estaba cosechando frutas en una chacra de la zona y, a raíz del hecho, sufrió una importante lesión en la columna.
El demandante relató que mientras recogía frutas arriba de la escalera, se resbaló y cayó al suelo. Automáticamente sintió un fuerte dolor en espalda y cuello y fue diagnosticado con una voluminosa hernia discal directa que lo imposibilitó a realizar esfuerzos.
La pericia médica le asignó al trabajador un 35,6% de incapacidad por la sumatoria de tres lesiones: lumbalgia postraumática con secuelas clínicas, limitación funcional de la columna lumbosacra, y lesión de nervio ciático.
Los miembros del Tribunal detallaron en su fallo que “corresponde señalar primeramente que analizado el informe pericial en todo su contexto y sus conclusiones, cabe advertir como relevante que el actor sufrió un cuadro de lumbociática aguda durante jornada laboral por traumatismo lumbosacro cuyo diagnóstico forma convicción en mi sana crítica y entender, que ha sido consecuencia de un hecho súbito y violento que actuara como mecanismo de producción".
En ese sentido, los magistrados sostuvieron que se debe calificar al hecho como un "cuadro calificado como agudo y derivado de lo que el experto ha considerado un traumatismo en ocasión del trabajo, según el dictamen aludido, para luego dejar confirmado que la lesión se corresponde con el accidente de autos por lo que en definitiva ninguna duda tengo de la relación causal habida entre el infortunio laboral denunciado y caracterizado como accidente con la lesión columnaria e incapacitante que afecta al trabajador".
La pericia médica le asignó al trabajador un 35,6% de incapacidad por la sumatoria de tres lesiones: lumbalgia postraumática con secuelas clínicas, limitación funcional de la columna lumbosacra, y lesión de nervio ciático.
Finalmente, los camaristas Luis Lavedán, Raúl Santos y Luis Méndez condenaron a la ART Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada a abonarle al trabajador la suma de $147.188,04.