La CPACF expresó su preocupación y calificó de "ataque" los pedidos de información y denuncias penales iniciadas por la Unidad de Información Financiera sobre el origen de los honorarios en causas de corrupción y narcotráfico.
"Ataque al ejercicio profesional de la abogacía". Así calificó el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) a las medidas adoptadas por la Unidad de Información Financiera (UIF), la cual denunció a más de media docena de abogados que se negaron a informar sobre sus honorarios en causas de corrupción y narcotráfico.
Todo comenzó cuando la UIF envió intimaciones para que más de 36 letrados penalistas declaren el importe de los honorarios percibidos y los que hayan pactado o estén pendientes de cobro en las causas donde se investigan delitos graves, como corrupción, narcotráfico o trata de personas. El organismo solicitó la fecha, forma de pago y nombre de la persona que abonó.
Los profesionales, en su gran mayoría, contestaron la notificación con los datos requeridos, pero algunos se opusieron argumentando que se trata de una violación al secreto profesional. El organismo a cargo de Mariano Federici no se quedó de brazos cruzados y los denunció penalmente por el presunto delito de lavado de dinero.
Esta situación generó una respuesta del CPACF. La entidad presidida por Eduardo Awad afirmó que la UIF no tiene "ninguna incumbencia" para requerir el origen de los honorarios de los letrados.
El Colegio recordó la normativa que regula la actividad de la UIF y advirtió que el organismo “no tiene competencia ni potestad para requerir ningún tipo de información acerca del origen de los honorarios que perciben los abogados”.
“Va de suyo que cualquier persona acusada de un delito tiene derecho a elegir el abogado de su confianza sin que esto implique sospecha alguna. Es lo que indica el principio de inocencia, pilar fundamental del derecho de defensa”, señaló el CPACF mediante un comunicado.
El Colegio recordó la normativa que regula la actividad de la UIF y advirtió que el organismo “no tiene competencia ni potestad para requerir ningún tipo de información acerca del origen de los honorarios que perciben los abogados”.
"Como surge claramente del texto de la ley que regula la actividad de la UIF, los sujetos obligados a informar en su ámbito de actuación son aquellas personas físicas y jurídicas determinadas en el artículo 20 y 20 bis de la Ley 25.246 y modificatorias.
Cada uno de ellos está regulado por una resolución específica que rige su actividad."
De este modo, la institución exhortó a la unidad antilavado a que ejerza sus atribuciones en el marco de la normativa. “Lo cual implica directamente la imposibilidad de investigar el origen de los fondos de los honorarios profesionales de los abogados, pues lo contrario implica violentar el principio de inocencia y proceder contra derecho”, concluyó.
Desde la la Unidad de Información Financiera, a cargo de Mariano Federici, explican que un en países como Estados Unidos, Alemania, Francia e Inglaterra, se aplica una normativa similar para controlar los honorarios de abogados de narcos y terroristas. También aclararon que se asegurará el secreto y la confidencialidad de los datos requeridos, para no violar el secreto profesional.