El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos aprobó el reglamento para la inscripción de Amigos del Tribunal ante el organismo (Amicus Curiae). El Registro Público de Amigos del Tribunal (RPAT) fue creado por la ley 10. 464 y establece que el mismo funcionará bajo el ámbito del STJ e incluirá a personas humanas o jurídicas que tengan interés en intervenir. El RPAT recibirá las solicitudes de inscripción de las personas humanas o jurídicas y, cumplidos los requisitos legales establecidos en la ley, se procederá a su incorporación, contemplando los distintos fueros y temáticas en los que podrán intervenir. En el escrito se deberá detallar su área o áreas de incumbencia (fuero Civil y Comercial, Familia, del Trabajo, Penal, Ambiental, Contencioso Administrativo, Constitucional); un domicilio electrónico (casilla de e-mail) donde serán válidas todas las notificaciones del RPAT que se hagan con posterioridad; y de ser aceptado en el marco de una causa concreta, deberá gestionar el alta para incorporarse a las notificaciones electrónicas. Asimismo se deberá acompañar la documental respaldatoria en copias certificadas por escribano público o actuario. Una vez que se constate el cumplimiento de los requisitos se autorizará la inscripción y en caso de verificarse algún incumplimiento, se lo notificará al interesado mediante mensaje al domicilio electrónico denunciado, a fin de que complete el trámite. Aprobada la resolución correspondiente se notificará al interesado por esa misma vía, y en caso de una decisión favorable, se dará el alta en la nómina de Amigos del Tribunal.