20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Eventos deportivos y espectáculos

Responsabilidad civil y penal

 

El 3 de octubre estamos comenzando el curso totalmente a distancia "Responsabilidad civil y penal en eventos públicos" a cargo del profesor Marcelo Andrés Bee Sellarés. Para ver el programa completo e inscribirse visite:   https://www.campusjudicial.com.ar/responsabilidad

La finalidad es que los operadores jurídicos tengan conocimiento sobre la responsabilidad civil y penal de los organizadores de un evento público (social, deportivo o artístico) y sus consecuencias, frente a hechos que se puedan presentar en el mismo, ante al daño que puedan sufrir los jugadores o los artistas, o el espectador que acude al evento y por el cual abona una entrada. 

TEMARIO

Módulo 1: La responsabilidad deportiva. Clasificación. Responsabilidad del deportista frente a otro deportista y ante terceros. Conducta negligente. Asunción del riesgo. Jurisprudencia.

Módulo 2: Responsabilidad de las instituciones deportivas. Daños sufridos por la enseñanza deportiva. Daños derivados de instalaciones defectuosas. Daños causados por sus jugadores a terceros y la responsabilidad de la institución deportiva por los daños de sus dependientes. Ley de Riesgo de Trabajo. Seguros por lesiones.

Módulo 3:  La responsabilidad del organizador del espectáculo deportivo. La responsabilidad del organizador del espectáculo público – Eventos Públicos y Gratuitos, recitales – Caracteres- Naturaleza de la responsabilidad. Ley 24.192 y ley 24.240. Relación del organizador con el consumidor. Deber de Seguridad. La responsabilidad de las federaciones. La responsabilidad del Estado. Eximentes. Jurisprudencia. Aspectos Penales Deportivos. Legislación actual. Proyecto de ley anti-barras, con motivo del “Boca vs. River” Final Copa Libertadores. “Conflictos en las inmediaciones del estadio”. Reforma del Código Penal, nuevas tipificaciones delictivas hoy no contempladas.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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