20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Fue en el marco de un juicio del periodista "Titi" Fernández

Un recorte inconstitucional

En un fallo escrito con lenguaje inclusivo, la justicia del Trabajo declaró inconstitucional el DNU que recortaba las indemnizaciones por accidentes laborales. Para el juez, se trata de una medida “impropia del Estado de Derecho”. 

El Juzgado del Trabajo N° 41, a cargo de Alejandro Segura, decretó la la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia N°669/2019, firmado el presidente por Mauricio Macri, que intentó modificar la tasa del cálculo de las indemnizaciones por accidentes laborales según el índice de salarios y no por las tasas de interés de los bancos.

En una sentencia escrita con lenguaje inclusivo, dictada en el marco de la causa "Fernández, Miguel Angel c/ Experta ART s/ Accidente - Ley Especial",  Segura expresó que "el Estado mediante este DNU ha conseguido transferirle las cargas de su fallida política económica a los más necesitados" y, además, "viola el principio protectorio y de progresividad en materia de derechos laborales", así como tampoco fue analizado aún en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo del Congreso de la Nación, según establece la ley 26.122.

El fallo indica que la medida no reúne las características de necesidad y urgencia y critica el salto por encima a las atribuciones del Congreso, que se encontraba desarrollando con normalidad las sesiones ordinarias durante el dictado del decreto.

“Da la impresión que el Poder Ejecutivo opera como un comentarista de la realidad, desentendiéndose de su rol en la construcción del estado de cosas que critica. ¿A quién le es atribuible la responsabilidad de las variables económicas? ¿Quién fija la tasa de interés? ¿Quién es el responsable de los crecientes índices de costo de vida? Seguramente los trabajadores y las trabajadoras enfermxs y accidentadxs nada han tenido que ver con ello", sostuvo el juez.

Para Segura, la medida adoptada por el Poder Ejecutiva es de carácter "insólito" y "regresivo". “Uno de los contenidos que el DNU pisotea es el carácter protectorio y progresivo de los derechos laborales en juego”​, agregó.

En ese sentido, el magistrado criticó duramente las medidas económicas del gobierno y resaltó “que las personas que trabajan y haciéndolo se enferman o accidenten paguen los platos rotos por el riesgo empresario y el des/manejo estatal de las variables macroeconómicas es un acto de injusticia proverbial muy difícil de presentar”.

El fallo indica que la medida no reúne las características de necesidad y urgencia y critica el salto por encima a las atribuciones del Congreso, que se encontraba desarrollando con normalidad las sesiones ordinarias durante el dictado del decreto.

La sentencia de Segura llegó en respuesta a un reclamo de indemnización por accidente de trabajo interpuesto por el periodista Miguel “Titi” Fernández, por problemas coronarios, de alta presión y de estrés postraumático que le generó la cobertura del Mundial de Fútbol de Brasil, en el año 2014, donde falleció su hija Soledad.

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