Se aprobó un protocolo especial de actuación de la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica ante casos de violencia en el ámbito doméstico. Los detalles de la resolución.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos avanzó en el dictado de un protocolo de actuación de la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica (DAPBVE) ante casos de violencia en el ámbito doméstico.
A mediados de 2016 se creó la DAPBVE y a partir de allí se avanzó en la implementación de mecanismos alternativos a la prisión en la población que se encuentra en especiales condiciones de vulnerabilidad, particularmente en las mujeres.
Las personas que cumplen arresto domiciliario u otra modalidad de detención o ejecución de la pena con monitoreo electrónico son acompañadas por un equipo psicosocial interdisciplinario. La resolución 1283/2019, publicada en el Boletín Oficial, advirtió que, desde la implementación del mecanismo, en las intervenciones de estos equipos "se han abordado frecuentemente las temáticas de la violencia familiar, la violencia en las relaciones interpersonales y la violencia institucional, que las mujeres bajo vigilancia electrónica manifiestan haber padecido en algún momento de sus vidas”.
Según datos estadísticos, más del 25 por ciento de las mujeres “ha manifestado ser víctima de violencia de género en el ámbito doméstico y ha requerido intervención en situaciones tanto de urgencia como de emergencia”.
El documento establece, entre otras cuestiones, el procedimiento ante llamadas telefónicas ingresadas al servicio de Monitoreo de Dispositivos Electrónicos que involucren violencia doméstica y dispone que cuando se advierta un evento de violencia, independientemente del nivel de riesgo que los operadores pudieran identificar, deberán “comprender dicha comunicación como un pedido de ayuda haya sido éste expresamente formulado o no”.
Por ello, la cartera de Justicia, encabezada por el ministro Germán Garavano, consideró la necesidad de establecer nuevos procedimientos y pautas de actuación, tanto al interior de la DAPBVE como en la articulación con otros organismos, con el objetivo de “mejorar la atención y acceso a la justicia de los casos de violencia de género en el ámbito doméstico que atraviesan las mujeres y personas del colectivo LGTB+ que cumplen detención domiciliaria bajo vigilancia electrónica”.
El proyecto, según consta en la resolución, fue sometido a consulta de los organismos del Poder Ejecutivo y de representantes y órganos del Poder Judicial. El documento establece, entre otras cuestiones, el procedimiento ante llamadas telefónicas ingresadas al servicio de Monitoreo de Dispositivos Electrónicos que involucren violencia doméstica y dispone que cuando se advierta un evento de violencia, independientemente del nivel de riesgo que los operadores pudieran identificar, deberán “comprender dicha comunicación como un pedido de ayuda haya sido éste expresamente formulado o no”.
Se dispone, además un procedimiento de emergencia con diversas acciones de protección como, por ejemplo, sugerir a la mujer salir del domicilio si considera que es más seguro trasladarse a otro lugar, y luego comunicar, en cuanto se encuentre a resguardo, dónde se encuentra.