La Procuración General de la Provincia de Buenos Aires ordenó que se revisen las medidas de coerción en tanto impliquen trato cruel, inhumano o degradante y pidió extremar los cuidados respecto a los tiempos de la prisión preventiva.
La Procuración General ante la Suprema Corte bonaerense ordenó a los fiscales y defensores controlar los tiempos de prisión preventiva para resolver con celeridad las prisiones preventivas, además de reevaluar medidas de coerción, para que no se atente contra la integridad de las personas.
Para ello, el organismo resolvió derogar el anterior régimen previsto en la resolución de la Procuración número 567/13 que prescribía una serie de requisitos y traslados a la sede de Fiscalía de las personas aprehendida en virtud del artículo 153 del Código Procesal de la Provincia de Buenos Aires antes de disponer su libertad.
La medida fue tomada luego de la huelga de hambre que sucedieron en las cárceles de la provincia y tiene como objetivo evitar tratos que impliquen un trato cruel o degradante para los detenidos.
La medida está contemplada en una resolución del Procurador Julio Conte Grand, en la que se insta a los miembros del ministerio público a "hacer una reevaluación de las medidas de coerción cuando implicaran trato cruel, inhumano o degradante".
Asimismo, se ordenó a los miembros del Ministerio Público Fiscal extremar los controles de la prisión preventiva para que se resuelva en el tiempo oportuno la situación de las personas que se encuentran bajo esta medida.
Según explicaron las autoridades, la normativa tiene por objeto velar por la presunción de inocencia que goza cualquier persona durante el proceso, entendiendo que la libertad sólo puede ser privada de manera excepcional y razonable sólo cuando hubiere peligros procesales tales como el peligro de fuga o el entorpecimiento probatorio.
La medida fue tomada luego de la huelga de hambre que sucedieron en las cárceles de la provincia y tiene como objetivo evitar tratos que impliquen un trato cruel o degradante para los detenidos.