20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Usurpación e irregularidades

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes revocó el sobreseimiento de una familia imputada por usurpar un lote en la localidad de Paso de la Patria. Los jueces denunciaron irregularidades en el proceso

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes hizo lugar a un recurso de casación interpuesto por la querella del co propietario de un lote en Paso de la Patria frente al río y ordenó que la causa vuelva al juzgado de origen. Fue en el marco del expedente "EMARCO S.A. C/ COVIAR S.A. Y/O CUALQUIER OTRO OCUPANTE S/ DESALOJO".

El caso comenzó cuando dos hombres compraron un terreno en la localidad mencionada a una empresa donde habitaba una familia que prestaba servicio para esa firma. Uno de los compradores suscribió con uno de los miembros un convenio de desocupación, comprometiéndose a la construcción de una vivienda para que se traslade.

En el 2007 el propietario que firmó el acuerdo murió y la familia imputada en este caso, levantó un cerco ocupando una superficie superior a una hectárea. Además, colocaron carteles de propiedad privada e impidieron el acceso al inmueble.

Para los miembros del Superior Tribunal, los miembros de la familia abusaron de la confianza depositada en ellos y se debe revisar de manera urgente la sentencia de primera instancia que los sobreseyó.

Para los jueces Guillermo Horacio Semhan, Fernando Augusto Niz, Luis Eduardo Rey Vázquez, Eduardo Gilberto Panseri y Alejandro Alberto Chaín, la actitud desleal de los imputados se refleja en que "habiendo sido autorizados a continuar en el inmueble como tenedores precarios, por un lado desconocieron la posesión de los dueños, incluso cuando éstos ejercieron evidentes y notorios actos posesorios por sí o por medio de terceros".

Asimismo, alambraron una fracción del terreno lindante al rio, iniciaron juicio de prescripción, y soslayaron que detentaban la ocupación en nombre de los propietarios verdaderos.

"Debemos recordar que la ley penal busca la protección del poseedor o tenedor del bien inmueble, sin pretender inmiscuirse a determinar quién tiene mejor derecho sobre el bien, el juez penal solo se limita a determinar si se han configurado algunos de los verbos comisivos del tipo, el mejor derecho sobre el bien lo determinará el juez civil", expresaron los magistrados en el fallo.

Para los miembros del Superior Tribunal, los miembros de la familia abusaron de la confianza depositada en ellos y se debe revisar de manera urgente la sentencia de primera instancia que los sobreseyó. En ese sentdo, criticaron las irregularidades que hubo en la causa. "No alcanzamos a comprender a quien favorecen o protegen podrían haber sido sorteadas si los magistrados asumieran el rol de director del proceso que les compete (en todas las instancias) mediante una gestión atenta del trámite", sostuvieron los magistradsos.

"stos son los procesos que no deben atravesar más ningún ciudadano en búsqueda de justicia y a estos fines debemos asumir el cambio de paradigma tanto en el rol del Juez, como en la forma de concebir al proceso. Esto es, no debe constituir un instrumento con los fines que el abogado le asigne, sino tan sólo debe ser el medio para que toda persona sea oída con las debidas garantías y se le brinde una respuesta coherente y fundada dentro de un plazo razonable", sintetizaron

 

 

 

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