20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Penas de entre cinco y nueve años de prisión

Ideas inaceptables y condenables

Casación Federal confirmó la sentencia que condenó a prisión a un grupo de jóvenes neonazis de Mar del Plata que perpetraron diversos ataques en la ciudad. 

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia que condenó a seis jóvenes a penas de entre cinco y nueve años de prisión por “organizar y formar parte de una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza".

La causa se inició luego que los condenados Alan Olea, Gonzalo Paniagua, Oleksander Levchenko, Nicolás Caputo, Giuliano Spagnolo y Franco Pozas fueron denunciados por atacar a miembros de la comunidad trans y defensores de la igualdad de género con caños de PVC rellenos con cemento, entre los años 2013 y 2016.

Los jóvenes pertenecían a una agrupación denominada "Bandera Negra", donde profesaban la ideología nacionalsocialista creyendo en la supremacía de ciertas razas, discriminando a otros por razón de raza, religión, nacionalidad, orientación sexual y/o ideología política.

El Tribunal integrado por Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y Angela Ledesma consideró que la finalidad de la actividad de los condenados era "extender el odio, la violencia como consecuencia de su homofobia, xenofobia y anti-judaísmo, propagándolo entre otras personas a través del activismo social y la distribución de folletería".

“Los acusados profesan una ideología totalitaria, racista y violenta, la dinámica del odio que estimula la ideología nazi conlleva a buscar la reafirmación frente al otro, frente al diferente, mediante la violencia, el objetivo ante el distinto, el inferior, el no ario, primero es hacerlo callar para después alejarlo y finalmente exterminarlo”, sostiene el fallo.

"El objetivo ante el distinto, ‘el inferior’, el noario, es primero hacerlo callar para después alejarlo y finalmente exterminarlo. En el nazismo, el rechazo fóbico del otro resulta necesario para salvar su identidad. Necesita demonizar a su chivo expiatorio y el placer de su violencia la obtiene cuando es ejercida sobre ese otro, cuya muerte es concebida como una muerte higiénica en su particular eugenesia”, agrega.

Al respecto, los magistrados agregaron que “los delitos perpetrados por los acusados incitan al odio, a la hostilidad, a la discriminación, a la violencia, todos sentimientos destructivos del orden social y democrático”.

Los jóvenes pertenecían a una agrupación denominada "Bandera Negra", donde profesaban la ideología nacionalsocialista creyendo en la supremacía de ciertas razas, discriminando a otros por razón de raza, religión, nacionalidad, orientación sexual y/o ideología política.

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486