El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes publicó una resolución con nuevas directivas e instrucciones para la actuación de los judiciales, en el marco del aislamiento social obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.
A través de una Resolución, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes dispuso nuevas directivas para el funcionamiento de los servicios judiciales durante el aislamiento social preventivo y obligatorio dictado por el gobierno nacional, a causa de la pandemia por Coronavirus.
Además de haber dictado la feria, desde el 16 hasta el 31 de marzo inclusive, el Máximo Tribunal estableció un horario de atención de 8 a 12 hs. Durante ese tiempo, el personal designado para prestar servicios deberá lavarse las manos con jabón cada dos horas, garantizar la limpieza y desinfección tanto del lugar como de los muebles y evitar todo tipo de contacto físico al saludar.
El Superior Tribunal destacó la importancia y recomendó a las autoridades utilizar los medios electrónicos para realizar comunicaciones, notificaciones y otros actos para evitar el traslado de expedientes y actividades de soporte papel.
Asimismo, deberán mantener una distancia de un metro mínimo, no podrán compartir alimentos, bebidas, cubiertos, objetos personales ni celulares.
En los casos que deban celebrarse audiencias, el instructivo publicado sostiene que deberán evitar las aglomeraciones de gente, no podrán concurrir personas que integren los grupos de riesgos y, por último, restringir temporalmente la asistencia del público, limitándola a un número que permita mantener una distancia de seguridad de un metro como mínimo.
El Superior Tribunal destacó la importancia y recomendó a las autoridades utilizar los medios electrónicos para realizar comunicaciones, notificaciones y otros actos para evitar el traslado de expedientes y actividades de soporte papel.
Por último, en la resolución firmada por Luis Rey Vázquez, presidente del Superior Tribunal, instaron a los abogados, auxiliares de justicia y a la población en general a limitar la concurrencia a los tribunales, a menos que necesiten realizar trámites imprescindibles e impostergables.