En el contexto de aislamiento total y obligatorio, el TSJ de Córdoba resolvió prorrogar automáticamente por 90 días, desde su vencimiento, aquellas medidas cautelares dictadas en casos de violencia familiar y/o de género a vencerse durante el receso judicial extraordinario. También se prorrogan automáticamente las medidas cautelares que se hayan vencido durante el receso judicial extraordinario, por 90 días desde la fecha de emisión de la presente resolución. Abarca a medidas tales como exclusión del hogar, prohibición de acercamiento y contacto, otorgamiento de botón antipánico o tobillera, o cualquier otra que haga a la protección de la persona con carácter general.