El Consejo de la Magistratura porteño dispuso medidas para que los tribunales ordenen el pago de indemnizaciones y honorarios profesionales en todos los procesos, a través del sistema informático y por medio de libranzas electrónicas, siempre que hayan sido dados en pago.
El Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires prorrogó hasta el 26 de abril los alcances del aislamiento preventivo en la justicia en el ámbito porteño. La resolución 63/2020 se dio en el marco de la nueva extensión del "aislamiento social preventivo y obligatorio" dispuesta por el DNU 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.
En el período comprendido entre el 17 de marzo y el 12 de abril inclusive “no se computarán los plazos procesales, a los fines de las caducidades en todos los procesos” de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 261 del Código Contencioso, Administrativo y Tributario.
Asimismo, el Consejo dispuso una nueva serie de medidas a fin de “continuar con el cuidado de la salud de todos los integrantes del Poder Judicial local, así como de quienes concurren a él diariamente, ello sin desatender la prestación del servicio de justicia, ni imponer condiciones disimiles en los procedimientos disciplinarios”.
“La evaluación sobre la respuesta brindada en el marco de la emergencia es altamente satisfactoria y, en función de las herramientas proporcionadas y aquellas nuevas que se desarrollaron a partir de esta crisis, es posible implementar metodologías que signifiquen una respuesta en tiempo a los justiciables y a los abogados que intervienen en las distintas causas, y la materialización de ingresos cuyo diferimiento impactan en el sustento diario de los nombrados”, fundamentó el órgano.
En concreto, el Consejo porteño avanzó en la adopción de las medidas necesarias para que los Tribunales del Poder Judicial de la Ciudad “ordenen pagos de indemnizaciones y/o honorarios profesionales en todos los procesos, a través del sistema informático mediante libranzas que sean exclusivamente electrónicas de pagos, siempre que los mismos hayan sido dado en pago, en tanto lo permita el estado de la causa y así lo considere pertinente el juez natural”.
El texto, que lleva la firma de los consejeros, destacó que la “obligada adaptación al trabajo remoto permite la organización del trabajo interno cumpliendo a distancia con las obligaciones laborales, en miras a la reanudación de las actividades y para evitar el atraso en la resolución de casos o en los trámites administrativos que provoca la paralización de la actuación judicial y/o de la administración, durante el tiempo en que se extienda la emergencia”.
En concreto, el Consejo porteño avanzó en la adopción de las medidas necesarias para que los Tribunales del Poder Judicial de la Ciudad “ordenen pagos de indemnizaciones y/o honorarios profesionales en todos los procesos, a través del sistema informático mediante libranzas que sean exclusivamente electrónicas de pagos, siempre que los mismos hayan sido dado en pago, en tanto lo permita el estado de la causa y así lo considere pertinente el juez natural”.
Sobre este último, las peticiones deberán ser formalizadas a través del Sistema EJE o presentadas ante el Portal del Litigante, y se requerirá al Banco Ciudad la “adecuación de su sistema informático a fin de que se puedan generar esos pagos electrónicos derivados de los procesos judiciales, en cuanto no se encuentren implementado”.