La justicia de Rafaela le otorgó a una madre el cuidado personal exclusivo de una niña, por considerar que el vínculo con el padre era poco saludable.
En los autos "A. M. D. C. c/ T. A. s/ tenencia", la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, con los votos de los jueces Beatriz A. Abel, Alejandro A. Román y Lorenzo J. M. Macagno, le otorgó la guarda total de una niña a su madre, ya que la relación con su padre no era buena.
Los miembros del Tribunal confirmaron la sentencia que determinó que el vínculo de la niña con el padre era una relación simbiótica disfuncional; aunque ella muestra deseos de relacionarse con su padre, poniendo como condición la presencia de una tercera persona.
El fallo destaca que no existe un argumento que muestre que la mujer no es idónea para asumir la crianza de su hija; y se acreditó que el padre mostró una conducta invasiva respecto de la relación de la niña con su madre, con constantes interferencias que la misma menor relató durante el proceso.
En la causa se detallan diferentes conductas del progenitor que llevaron a los jueces a tomar esta decisión, como, luego de acordado un régimen de comunicación, retuvo a su hija en su domicilio, impidiendo el contacto con su madre lo que derivó, meses después, en una orden de restitución de la niña lograda con intervención judicial.
Por ese motivo, los magistrados consideraron que "corresponde hacerse eco del pedido de la niña y evitar toda forma de conflicto o violencia que la involucre para asegurar un adecuado desarrollo psicofísico que revalorice los vínculos filiales".
Los camaristas explicaron que su decisión se basó también en "la prioridad del progenitor que facilita el derecho a mantener trato regular con el otro; la edad del hijo; la opinión del hijo; el mantenimiento de la situación existente y respeto del centro de vida del hijo".
El fallo destaca que no existe un argumento que muestre que la mujer no es idónea para asumir la crianza de su hija; y se acreditó que el padre mostró una conducta invasiva respecto de la relación de la niña con su madre, con constantes interferencias que la misma menor relató durante el proceso.