20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

En prisión es más seguro

Un Juzgado de Córdoba rechazó el pedido de excarcelación formulado por la defensa de un imputado por delitos de abusos sexuales a dos menores. La magistrada consideró que el acusado no pertenece al grupo de riesgo y que existen indicios de riesgo procesal en el caso que impiden el otorgamiento de la libertad.

En la causa "F., J. S. p.s.a. Abuso sexual continuado, etc.”, el Juzgado de Control, Niñez, Penal Juvenil y Faltas de Deán Funes (Córdoba) rechazó el pedido de excarcelación efectuado por la defensa del imputado (J.S.F), y confirmó su prisión preventiva.

Para así resolver, la magistrada María Lourdes de Puerta consideró que la defensa no acreditó que el imputado pertenezca a un grupo de riesgo ni particularizó alguna situación anómala en cuanto a las condiciones de encierro de su defendido que ameriten la adopción de medidas de coerción alternativas.

 

La magistrada De Puerta también refirió que existen indicios de riesgo procesal en el caso que impiden el otorgamiento de la libertad, puesto que el imputado podría influir sobres las víctimas y los testigos.

 

 

J.S.F fue procesado por los delitos de abuso sexual continuado, abuso sexual agravado por la minoría de edad de la víctima con aprovechamiento situación de convivencia preexistente continuado y promoción a la corrupción de menores agravada por la situación de convivencia, en concurso ideal. Los hechos investigados habrían tenido como víctimas a las hijas de su concubina y habrían comenzado a ocurrir cuando las adolescentes tenían 10 y 13 años, respectivamente.

La jueza enfatizó que el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba ha puesto en vigencia un Protocolo de actuación frente al coronavirus (Covid-19) en los Establecimientos Penitenciarios y Complejos Carcelarios de Córdoba y que se adoptaron diversas medidas.

Por esta razón, entendió que el encierro cautelar del imputado J. S. F. se tornaba imprescindible y compartió en un todo la argumentación desarrollada por la Fiscalía de Instrucción en cuanto a la existencia de indicios de peligrosidad procesal.

La magistrada De Puerta también refirió que existen indicios de riesgo procesal en el caso que impiden el otorgamiento de la libertad, puesto que el imputado podría influir sobres las víctimas y los testigos.

En este sentido, enfatizó que, cuando una de las víctimas estaba por declarar en la Cámara Gesell, el imputado, que en ese momento estaba en libertad, logró infundirle temor a través de amenazas coactivas y provocó que la adolescente ocultara los hechos en sede judicial.

“Tal actitud desafiante y controvertida podría válidamente proyectarse a la restante presunta víctima y demás testigos a fin de influir sobre ellos para colocarse en una situación procesal más favorable”, puntualiza la resolución.

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