28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Abel Latendorf, diputado de la ciudad de Buenos Aires

“En la ciudad de Buenos Aires, la detención para averiguar antecedentes es utilizada como sanción en sí misma”

 
Abel Latendorf es diputado de la ciudad de Buenos Aires por el Bloque Piquete Socialista. Este Licenciado en Administración, que fuera profesor titular de Auditoría en la Facultad de Ciencias Económicas de la U.B.A., hasta su expulsión por la última dictadura militar finaliza su mandato en diciembre de 2003.
Recientemente, Latendorf presentó un proyecto de ley destinado a la polémica, proponiendo la derogación, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la facultad de la policía de detener a las personas para establecer su identidad, la famosa “averiguación de antecedentes”, “y toda aquella disposición que permita el arresto o detención de personas que no se encuadre en las conductas definidas como delito en el Código Penal de la Nación y leyes complementarias”.
Contra lo que podría pensarse de quien fue su autor, el diputado no se muestra optimista respecto del futuro de la iniciativa: “Creo que las expectativas son pocas porque el oficialismo no parece muy interesado en propiciar este tipo de cuestiones. Sin embargo, el oficialismo es permeable a la presión de la sociedad, así que la única oportunidad que tenemos de que esto se convierta en ley es instalando el tema en la sociedad”.
Recordemos que la actual ley 23.950, que regula el tema de la detención por averiguación de antecedentes, surgió como respuesta a un debate público y parlamentario acerca de la facultad policial de detener personas sin orden judicial, producido a raíz de un hecho de violencia policial de gran repercusión pública conocido como "el caso Bulacio". El 20 de abril de 1991 el joven Walter Bulacio murió en la comisaría 35º de la ciudad de Buenos Aires, tras ser detenido sin orden judicial y posteriormente golpeado por funcionarios policiales.
Este hecho influyó en el cambio de la norma que regula este tipo de
Detenciones, el Decreto - ley 333/58, ratificado por ley 14.467 y ahora modificado por la ley 23.950, adquiriendo la siguiente redacción: "fuera de los casos establecidos en el CPP, no podrá detenerse a las personas sin orden de juez competente. Sin embargo, si existiesen circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien hubiese cometido o pudiese cometer un hecho delictivo o contravencional y no acreditase fehacientemente su identidad, podrá ser conducido a la dependencia policial que correspondiese, con noticia al juez con competencia en lo correccional en turno, y demorada el tiempo mínimo necesario para establecer su identidad, el que en ningún caso podrá exceder las 10 horas. Se le permitirá comunicarse en forma inmediata con un familiar o persona de confianza a fin de informar su situación. Las personas demoradas para su identificación no podrán ser alojadas junto ni en los lugares destinados a detenidos por delitos o contravenciones."
En estos tiempos, donde por la creciente ola de inseguridad que se vive, muchos piden “mano dura” y quieren más facultades para la policía, parece casi utópicas aquellas propuestas como la del diputado porteño. Sin embargo, Latendorf insiste: “Con la aplicación de la ley 23.950 en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, se dio una larga serie de casos en los que la detención para "identificar" fue utilizada como sanción en sí misma. La gente tiene miedo, ese es un hecho, pero también es un hecho que la policía está implicada en multitud de hechos delictivos, como el caso de la “protección” o manejos de prostibulos, por dar un ejemplo”.


Diariojudicial.com: Usted presentó un proyecto de ley que quita a la policía la facultad de detener a una persona para la averiguación de los antecedentes. ¿Cuáles son los fundamentos?

(N de la R: El proyecto dispone que “Queda derogada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de la publicación de la presente ley, la facultad de detener para establecer su identidad (averiguación de antecedentes) y toda aquella disposición que permita el arresto o detención de personas que no se encuadre en las conductas definidas como delito en el Código Penal de la Nación y leyes complementarias”.)


Abel Latendorf: El tema reconoce un antecedente en el decreto ley 333/58, el llamado "Estatuto de la Policía Federal" que fuera promulgado en 1958 bajo la presidencia de facto de Pedro Eugenio Aramburu. Este decreto, en su artículo 5 inciso 1 establecía que la policía federal podía "detener con fines de identificación, en circunstancias que lo justifiquen, y por un lapso no mayor de 24 horas, a toda persona de la cual sea necesario conocer sus antecedentes". De esta manera, el propio ejecutor de la norma era quien calificaba la justicia o necesidad de sus acciones y la facultad para averiguar antecedentes se transformó en una herramienta habitual para arrestar sin causa.
Tras la conmoción social que causó, en 1991, el asesinato, la detención y muerte del joven Walter Bulacio, hubieron proyectos legislativos que propiciaban la derogación de dicha facultad policial. Sin embargo, se aprobó uno que sólo restringe las facultades de detención y retención de ciudadanos mayores de edad para establecer su identidad. Esa norma, la ley 23.950, reafirma los deberes de los funcionarios policiales, tales como dar inmediata intervención al juez competente y limita a 10 horas el tiempo de detención por averiguación de antecedentes..
Después, con la derogación de los edictos policiales en la ciudad de Buenos Aires y la entrada en vigencia del Código Contravencional, constatamos que el mecanismo de la ley 23.950 está supliendo de hecho la aplicación de los viejos edictos.

Dju: ¿De que manera lo suple?

AL: Con la aplicación de la ley 23.950 en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, se dio una larga serie de casos en los que la detención para "identificar" fue utilizada como sanción en sí misma. Además este instrumento policial invierte el principio de inocencia reconocido por la Constitución Nacional para establecer en su lugar "el estado de sospecha", una conjetura meramente subjetiva del funcionario que decide practicar una detención y que obliga al individuo a demostrar que carece de antecedentes o que tiene medios lícitos de vida.


Dju: ¿En que estado se encuentra el proyecto y que expectativas tiene?

AL: El proyecto fue presentado a fin del año pasado y recién será tratado en las sesiones ordinarias de este año. Esta iniciativa cuenta con el apoyo del diputado Patricio Echegaray, de Izquierda Unida. En cuanto a las expectativas, como político tendría que ser optimista pero, con sinceridad, creo que las expectativas son pocas porque el oficialismo no parece muy interesado en propiciar este tipo de cuestiones. Sin embargo, el oficialismo es permeable a la presión de la sociedad, así que la única oportunidad que tenemos de que esto se convierta en ley es instalando el tema en la sociedad.

Dju: ¿Pretender eliminar por una ley de la ciudad una facultad otorgada a la policía por una ley nacional no va a generar un planteo de inconstitucionalidad?

AL: La averiguación de antecedentes es materia de legislación local en todo el país (excepto en la provincia de La Rioja). En 1991, cuando se dictó la Ley 23.950, el Congreso Nacional cumplía, por mandato constitucional, la doble función de legislar para la Nación y para la entonces Capital Federal, que carecía de órgano legislativo propio y del status jurídico que adquirió en 1994.
La ley 23.950 fue concebida y sancionada como legislación aplicable exclusivamente en el ámbito local. La inclusión de la detención por averiguación de identidad en las leyes orgánicas de las policías provinciales responde al carácter de "facultad" policial que caracteriza este mecanismo de control social, pero ningún argumento jurídico sólido impide que, así como la ley 23.950 la sacó de ese ámbito y la normó específicamente, otra norma similar la derogue en nuestra ciudad. Esta acción no afecta el ámbito del Congreso Nacional, que en 1994 perdió la facultad de dictar leyes como órgano legislativo de la Ciudad de Buenos Aires. Además la subsistencia de esta facultad policial viola el artículo 13 de la Constitución de la Ciudad que sólo autoriza la detención de personas in fraganti delicto o por orden del juez competente, y que por emanar de una Asamblea Constituyente Soberana es de superior jerarquía que la ley 23.950, en tanto norma local.

Dju: ¿Quiénes lo apoyan en la iniciativa?

AL: Este proyecto además reconoce como antecedente el elaborado en 1994 por la Coordinadora contra la represión policial e institucional (CORREPI) y acompañado por la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, Comunidad Homosexual Argentina (CHA), Jóvenes por los Derechos Humanos, Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA) y Asociación Americana de Juristas (AAJ). Como decía antes, debemos instalar el tema en la sociedad, porque el oficialismo piensa en las urnas. Es lo que pasó con la aprobación del proyecto de Unión Civil. Si el tema no hubiera salido en los diarios y la televisión, si no hubiera ido gente al recinto legislativo, creo que ese proyecto no hubiera salido. Muchos diputados que hubieran votado en contra no aparecieron en esa sesión, para evitar tener que votar. Creo que con este tema va a pasar lo mismo, así que tenemos que organizar actos y eventos para dar a conocer la iniciativa. Tenemos que lograr un consenso importante en los meses de febrero y marzo. Hay que lograr que el tema se trate en el recinto, que logre pasar el tratamiento de las respectivas comisiones, porque es ahí, en las comisiones, donde se cajonean los proyectos que no se quieren tratar.

Dju: Sin embargo, vivimos en una época signada por la inseguridad y la violencia. Muchos piden “mano dura” y quieren más facultades para la policía. ¿Cree que la gente apoyará un proyecto que precisamente pretende lo contrario?

AL: La gente tiene miedo, ese es un hecho, pero también es un hecho que la policía está implicada en multitud de hechos delictivos, como el caso de la “protección” o manejos de prostibulos, por dar un ejemplo. Por supuesto que la población está asustada, porque la inseguridad que se vive es innegable, pero eso no se soluciona dándole facultades a una policía inoperante como la que tenemos.



dr. jorge oscar rossi / dju
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