En el marco de un amparo, el Gobierno porteño deberá adecuar la jornada laboral de dos enfermeras. El fallo advirtió que "no basta con el aplauso diario de la sociedad para reconocer el compromiso y la dedicación del servicio de salud" en el contexto de la pandemia.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberá reprogramar las guardias asignadas a dos enfermeras franqueras, tal que se ajusten a jornadas laborales de seis horas diarias y hasta 30 horas semanales, los días sábados, domingos, feriados, asuetos y días no laborales, sin afectar el salario. Así lo dispuso la jueza Patricia López Vergara, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°6.
Las trabajadoras iniciaron la acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires –Hospital Donación Francisco Santojanni– a fin de que la demandada adecue sus jornadas de trabajo por considerar que la actual que cumplen “excede la prevista en la normativa vigente relativa a tareas insalubres”.
Se desempeñan como enfermeras “franqueras” en la terapia intensiva de neonatología, y su jornada laboral se extiende durante los días sábados, domingos, feriados y asuetos en jornadas de 12 horas diarias en el horario comprendido entre las 00 y las 12 horas. Esgrimieron que por directivas de su empleador “se ven obligadas a trabajar más de 30 horas semanales” y que “excede el tope reglamentario”.
Consideraron, además, que “la exigencia de jornadas de trabajo tan extenuantes constituye un peligro para sus pacientes dado que el cansancio del personal de enfermería resulta insalubre para la integridad psicofísica de las actoras”.
En este escenario, la magistrada enmarcó el caso dentro de la situación generada por el Covid-19 y sostuvo que “la decisión que resuelve el fondo en las presentes actuaciones se emplaza en un contexto otrora impensado en el que los derechos aquí en juego corren mayor riesgo”.
“(…) no basta con el aplauso diario de la sociedad para reconocer el compromiso y la dedicación del servicio de salud frente a esta pandemia. Amén de dicho reconocimiento social, en el ejercicio de esta función judicial hoy más que nunca se impone el homenaje concreto a la preservación del derecho a trabajar y a la salud de estas profesionales a cuyo cargo se halla el cuidado de la población”, concluyó el fallo.
También advirtió que “negar y desconocer a las enfermeras una limitación ponderada normativamente como razonable de las horas de trabajo que dedican al cuidado intensivo de sus pacientes significaría menospreciar la relevancia de su labor e ignorar la sobreexigencia física y mental a la que se hallan sometidas a diario”.
“(…) no basta con el aplauso diario de la sociedad para reconocer el compromiso y la dedicación del servicio de salud frente a esta pandemia. Amén de dicho reconocimiento social, en el ejercicio de esta función judicial hoy más que nunca se impone el homenaje concreto a la preservación del derecho a trabajar y a la salud de estas profesionales a cuyo cargo se halla el cuidado de la población”, concluyó el fallo.