A partir del lunes 1 de junio, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) habilitó la prestación presencial del servicio de justicia en los Juzgados de Paz de la provincia de Córdoba, que estén emplazados en “zonas blancas”. También dispuso que el Juzgado de Paz más cercano subrogue aquellos órganos que estén actualmente vacantes o cuyo titular esté impedido de prestar servicio presencialmente por pertenecer a grupos de riesgo. El Acuerdo Reglamentario n.° 1628 delega en el Administrador General “la confección de los listados de aquellos Juzgados de Paz que están habilitados a la prestación presencial, por parte de su titular, así como de aquellos juzgados emplazados en zonas blancas. A los fines de facilitar el desplazamiento y control sanitario por parte de las autoridades locales, la resolución establece que “los particulares que se dirijan de su localidad de origen a aquella en la que se ubique el juzgado subrogante, siempre entre zonas blancas, deberán hacerlo con turno previo”.