05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

Recepción de expedientes habilitada

La Suprema Corte bonaerense informó que a partir del 1º de junio la presentación de escritos de inicio de expedientes en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas se efectuará ante las receptorías de los organismos que se encuentren de turno de los Fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral y en lo Contencioso Administrativo.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires resolvió que a partir del día 1º de junio del corriente año la presentación de escritos de inicio de expedientes en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas se efectúe ante las Receptorías de Expedientes en los organismos que se encuentren de turno de los Fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral y en lo Contencioso Administrativo.

Lo hizo a través de una Resolución donde estableció , entre otras previsiones, que solo se admitirán escritos de inicio que requieran urgente despacho o en los que sea inminente la prescripción de la acción, lo que deberá consignarse en el texto de las presentaciones que se dirigirán a la Receptoría General de Expedientes Departamental o Descentralizada, según sea la jurisdicción territorial competente.

El formulario, que revestirá carácter de declaración jurada, deberá ser completado por el presentante, firmando digitalmente la remisión junto con el escrito de inicio.

Los firmantes explicaron que junto con el escrito de inicio, se deberá adjuntar la documentación correspondiente, debidamente digitalizada y, además, deberán cumplir con todo lo dicho previamente por el Alto Tribunal en resoluciones anteriores.

Para los casos donde se actúe por propio derecho y los patrocinados no cuenten con certificaciones digitales, el escrito se firmará ológrafamente por el litigante en presencia de su abogado, quien será el encargado de generar, suscribir y presentar un documento electrónico de idéntico contenido al elaborado en papel.

Finalmente, la Receptoría de Expedientes procesará la presentación controlando la procedencia de los datos y de la documentación aportada por los abogados presentantes. Si no se cumplen todos los requisitos, la recepción podrá observar, detallando los motivos para que el abogado pueda subsanar el error y el documento no pierda validez.

Los firmantes explicaron que junto con el escrito de inicio, se deberá adjuntar la documentación correspondiente, debidamente digitalizada y, además, deberán cumplir con todo lo dicho previamente por el Alto Tribunal en resoluciones anteriores.

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