Raquel Asensio es abogada y se desempeña como coordinadora de la Comisión sobre Temáticas de Género del Ministerio Público de la Defensa, cuyo objetivo es ampliar el acceso a la justicia de las mujeres y propender a una mejor defensa de sus derechos. En especial, la Comisión se propone favorecer la implementación de estrategias de defensa con perspectiva de género en los casos vinculados a mujeres víctimas de violencia o en conflicto con la ley penal.
En diálogo exclusivo con Diario Judicial, la funcionaria de la Defensoría habló sobre el nuevo plan interno de actuación elaborado para "conseguir espacios libres de discriminación y violencia por razones de género en el organismo y generar herramientas específicas para trabajar en políticas de prevención". Asencio también apuntó a la forma de enseñar el derecho, que parece neutral pero no atiende a las vivencias de las mujeres, por ello pide reinterpretar la dogmática penal clásica con una mirada de género
Dju: Hay una concepción generalizada, a veces por desinformación, que sostiene que le cuesta mucho a las mujeres violentadas el acceso a la justicia, ¿cómo están parados ustedes frente a esto?
Entre otras cosas, por ejemplo, armamos un servicio gratuito especializado para dar patrocinio gratuito en el ámbito de la ciudad de buenos aires, que es donde tenemos competencia, y en los que son los procesos de violencia para conseguir medidas de protección. Esto lo tenemos incluso antes de la Ley 26.485. El trabajo se intensificó y hoy tenemos cerca de 800 patrocinios nuevos. Hemos patrocinado a más de 5.000 mujeres. También la Defensoría General tiene un programa que puede acompañar a víctimas como querellantes, generalmente en casos de violencia institucional o violencia en cárceles. Se suele privilegiar este tipo de casos, justamente, por el difícil acceso a la justicia y el poco interés que ha demostrado la justicia penal para sancionarlos. Trabajamos el concepto de violencia en términos amplios porque entendemos que muchas de las mujeres que están implicadas en causas penales en virtud del contexto de violencia en el que están insertas.
Dju: Narcomenudeo, por ejemplo
Exactamente.
Cuando dicen que tiene que haber razonabilidad en el medio empleado, nunca va a ser razonable que una mujer haya disparado un arma cuando hombre le estaba dando golpes de puño. Eso es solo razonable cuando se enfrentan dos varones, con determinada contextura física similar y están más habilitado en el uso de la fuerza física.
DJu: En alguna ocasión hablaste de los prejuicios que existen en la justicia con algunas figuras penales, por ejemplo, la legítima defensa. ¿Por qué le cuesta más a las mujeres justificarla?
Puntualmente este delito, o los relacionados con drogas, presentan un gran problema que es al apego a una teoría penal, a una determinada interpretación de normas, que aparentan ser neutrales pero que está construida a espaldas de las vivencias de las mujeres. Entonces, es más difícil que acepten en los casos de legítima defensa porque a nosotras nos enseñaron a leerla con estándares pesados por varones para varones. Cuando dicen que tiene que haber razonabilidad en el medio empleado, nunca va a ser razonable que una mujer haya disparado un arma cuando hombre le estaba dando golpes de puño. Eso es solo razonable cuando se enfrentan dos varones, con determinada contextura física similar y están más habilitado en el uso de la fuerza física. Para una mujer, con diferencias físicas y de sociabilización, responder con un arma o golpe de puño es el medio razonable porque de otra forma se estaría exponiendo a mayor riesgo. Esa forma de enseñarnos el derecho, que aparenta ser neutral, no responde a las vivencias, necesidades ni contexto de las mujeres.
Dju: Hecho por varones para varones
Exacto y por eso es necesario reinterpretar la teoría del delito desde un enfoque de género. No necesitamos cambiar la teoría o tratarnos con privilegios. Lo que necesitamos es un trato justo y eso requiere un enfoque de género para que las mujeres no queden excluidas. Volviendo a la legítima defensa, a mí me enseñaron que cuando hay un vínculo afectivo hay que tratar de tolerar más y tratar que al defenderse se cause el menor daño posible por los sentimientos, por el vínculo, pero omite señalar quienes ejercen violencia y quienes la sufren. Con esta forma de enseñar la teoría, el mensaje que mandan es que la mujeres tienen que tolerar la violencia doméstica. Todo eso está construido bajo un concepto de neutralidad que es falso. Trabajamos para eso, para compensar ese sesgo que mantiene el derecho que mantiene como sujeto tácito normativo, no dicho, a los varones.
Una de las grandes críticas del feminismo está dirigida al punitivismo, ¿cómo evalúan ese factor a la hora de ejercer una defensa?
Lo tenemos bastante analizado. Creemos que el dilema entre esclarecimiento y sanción de hechos de violencia versus garantías del imputado es falso. Lo que nosotros pedimos no es que se puedan investigar los casos a costa de derechos de otros grupos o personas. Creemos, además, que las investigaciones muchas veces no son llevadas a cabo con las debidas diligencias. Sostenemos y defendemos un apego irrestricto a las garantías procesales del imputado, lo que no significa que no se tengan en cuenta los cuestionamientos a las interpretaciones habituales. El problema es cuando se parte de la concepción que la víctima miente. La postura feminista, desde la que trabajamos en la defensa pública, tiene que ver con asegurar un acceso a la justicia no discriminatorio y un respeto riguroso a las garantías procesales. Pedirle al feminismo que resigne acudir al derecho penal para hechos de gravedad oculta un mensaje discriminatorio.