Un Juzgado Civil de San Juan autorizó un trasplante de riñón entre una mujer y un hombre, tras comprobar la estrecha relación de amistad que los une.
El Primer Juzgado Civil de la ciudad de San Juan resolvió conceder la autorización a una mujer (A.I) para someterse a intervención quirúrgica de ablación de uno de sus riñones, y serle trasplantado a un hombre que padece Insuficiencia Renal Crónica Termina.
El pedido fue realizado por la A. I. en los términos de los arts. 22 y 67 de la Ley Nacional 27.447, para que implanten uno de sus riñones al G. E. B.
A.I agregó que ha sido debidamente informada, de manera suficiente y clara, de los riesgos de la operación de ablación e implante, sus secuelas físicas y psíquicas, ciertas o posibles, la evolución previsible y las limitaciones resultantes, como las posibilidades de mejoría que verosímilmente pueden resultar para G.
Para así resolver, el magistrado Héctor Rollán tuvo en cuenta el testimonio de la peticionante, quien relató que conoce al joven desde que era un niño, por ser amiga de su hermana y de su familia; que fueron vecinos en su infancia y juventud, y que compartieron juntadas, fiestas y cumpleaños familiares.
Además, A.I destacó que la hermana del joven también sufrió la misma enfermedad, pero que logró recibir la donación de un riñón de un donante cadavérico. Sin embargo, remarcó que ya se había sometido a todos los estudios para llevar a cabo la ablación.
Aclaró que el joven agotó todos los medios y alternativas terapéuticas posibles para lograr la mejoría, quedándole como último recurso someterse a un trasplante de riñón, ya que padece Insuficiencia Renal Crónica (IRC) Estadio 5.
Además, sostuvo que comenzó a ver el deterioro de G., por lo que ante esa situación, decidió ayudarlo, ofreciéndole a donarle su riñón, por lo que voluntariamente comenzó a realizar los estudios para determinar la compatibilidad de ambos. Los estudios informaron que eran compatibles.
A.I agregó que ha sido debidamente informada, de manera suficiente y clara, de los riesgos de la operación de ablación e implante, sus secuelas físicas y psíquicas, ciertas o posibles, la evolución previsible y las limitaciones resultantes, como las posibilidades de mejoría que verosímilmente pueden resultar para G.; siendo la donante una persona plenamente capaz, prestando su consentimiento para realizar la intervención quirúrgica de ablación de uno de sus riñones y su posterior implante al G. B.