20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
El agresor incumplió con las medidas dispuestas anteriormente

Tobillera preventiva

La Cámara del Crimen ordenó, de manera excepcional, que un hombre denunciado por violencia de género utilice la tobillera electrónica a pesar que aún no fue procesado. El fallo ponderó la "posibilidad cierta de que, en caso de no adoptarse, sobrevenga un perjuicio o daño inminente sobre la damnificada"

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia que obligó a un hombre denunciado por violencia de género a utilizar la tobillera electrónica, a pesar que no está procesado, por la gravedad del caso.

Los jueces Ricardo Matías Pinto y Rodolfo Pociello Argerich  explicaron que la mujer demandante denunció en reiteradas oportunidades que el agresor incumplió con las medidas dispuestas anteriormente y la violencia fue escalando, lo que generó "un temor real respecto a la integridad física de la denunciante y su familia, y demostrando que las medidas adoptadas hasta el momento no resultaban suficientes".

La última denuncia data del pasado 4 de mayo, en horas de la madrugada, cuando el imputado se presentó en el domicilio de la víctima, haciéndose pasar por un comisario, y ante la negativa del guardia de seguridad de dejarlo pasar al departamento, arrojó contra el vidrio de la casilla un objeto metálico.

En ese contexto, explicaron los camaristas, "la medida de implementación de una tobillera electrónica respecto al imputado se exhibe como razonable, frente a la gravedad de los hechos denunciados, su presunta reiteración y la potencialidad del peligro en relación a la víctima".

Respecto al hecho que el hombre no se encuentra procesado, los magistrados entendieron que "se encuentran reunidas las condiciones para adoptar la medida requerida de manera expresa por la víctima y el fiscal de manera excepcional. Es que el imputado ya fue citado a prestar declaración indagatoria y se corrobora la existencia de urgencia en el caso concreto, en tanto posibilidad cierta de que, en caso de no adoptarse, sobrevenga un perjuicio o daño inminente sobre la damnificada".

Además, "la víctima se encontraría en condiciones de vulnerabilidad, lo que impone la necesidad de que el Estado vele especialmente en estos casos por su seguridad y adopte las medidas necesarias para garantizar sus derechos", sostiene el fallo.

Finalmente, los jueces encomendaron al juzgado de origen que que imprima celeridad en el caso, con el objetivo de de resolver la situación procesal del imputado.

La última denuncia data del pasado 4 de mayo, en horas de la madrugada, cuando el imputado se presentó en el domicilio de la víctima, haciéndose pasar por un comisario, y ante la negativa del guardia de seguridad de dejarlo pasar al departamento, arrojó contra el vidrio de la casilla un objeto metálico.

 

 

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