El diputado Pablo Tonelli recibió un revés judicial en el marco de un reclamo para suspender el trámite de dos concursos ante el Consejo de la Magistratura. El consejero fue excluido de los sorteos de las subcomisiones de evaluación de impugnaciones y entrevistas personales.
Los concursos y el procedimiento de selección de magistrados, otra vez en el centro de la polémica. El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N°3 rechazó hoy el dictado de una precautelar solicitada por el consejero y diputado Pablo Tonelli para suspender el trámite de dos concursos.
Se trata de los concursos 418 y 430, destinados a cubrir un cargo de primera instancia y tres de cámara en el fuero en lo Penal y Económico de la Capital, donde el diputado del Pro fue excluido en los sorteos de las subcomisiones de evaluación de impugnaciones y entrevistas personales.
Tonelli integra la subcomisión “D” junto con el consejero juez Alberto Lugones, quien se excusó invocando motivos personales. En atención a esa excusación, la Comisión de Selección ordenó llevar adelante los sorteo excluyendo por completo al diputado.
Por su parte, Tonelli sostuvo que la subcomisión que integra debía ser igualmente sorteada y en caso de salir elegida, sortearse un consejero para que reemplace ad hoc a Lugones. A pesar de los reclamos, el plenario del Consejo de la Magistratura rechazó su planteo.
En este contexto, el diputado acudió a la Justicia solicitando que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad de lo resuelto en la última reunión del pleno. Requirió, asimismo, la realización de un nuevo sorteo que lo incluya.
Tonelli también solicitó que se dicte una medida precautelar urgente y, posteriormente, una medida cautelar de no innovar “disponiendo a inmediata suspensión del trámite” de ambos concursos hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
Sin embargo, el juez federal Santiago Carrillo dijo que no se advierte la “concurrencia de circunstancias graves y objetivamente impostergables que impongan el dictado de la medida interina”.
“De lo contrario, de continuar el trámite de dichos concursos, se cercenaría mi derecho de participación plena en el ámbito del Consejo de la Magistratura, se vulneraría mi mandato constitucional representativo de la Cámara de Diputados de la Nación en dicho cuerpo, y se causaría un gravamen de imposible o muy difícil reparación ulterior a los más de cien postulantes que participan de los dos concursos”, sostuvo el consejero.
Sin embargo, el juez federal Santiago Carrillo no advirtió la “concurrencia de circunstancias graves y objetivamente impostergables que impongan el dictado de la medida interina”. Asimismo, el magistrado requirió al Consejo de la Magistratura que —dentro del plazo de 3 días— produzca el informe previsto en el artículo 4 de la ley 26.854.