20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Ley antilavado: podría ser sancionada en pocas semanas

Los bloques mayoritarios del Senado no logran un acuerdo. Una delegación extranjera aseguró que “la Argentina no puede seguir sin esta ley”.

 
La ley de lavado de activos viene sufriendo demoras en el Senado, debido a las disidencias entre los bloques de la Alianza y el PJ. En tanto, en Diputados se resisten a aceptar el consenso alcanzado por los bloques mayoritarios en la Cámara Alta.

Los senadores se reunieron con una delegación extranjera, integrada por funcionarios de Estados Unidos, Francia y España, que deben decidir si la Argentina se convertirá en un miembro pleno del grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En el Senado esta misión advirtió que “sin esta ley, la Argentina no podrá pasar a ser miembro del GAFI”. Este organismo agrupa a 30 países y coordina el combate mundial contra el lavado de dinero.

La semana pasada fue el senador José Genoud quien negoció con el Ejecutivo la letra chica del proyecto. También participaron de la redacción de la iniciativa Alcides López, radical por la provincia de Entre Ríos, Pedro Villaroel, del Frente Cívico y Social Catamarqueño, y el legislador justicialista Guillermo de Santics.

En la Cámara de Senadores se están analizando algunas modificaciones a la iniciativa que ya fue aprobada en la Cámara Baja en setiembre del año pasado.

Entre los puntos centrales del dictamen se destacan:

Modificación del Código Penal

a) ”Será reprimido con prisión de dos (2) a diez (10) años y multa del doble al quíntuple del monto del valor de la suma de la acción realizada, el que sin haber sido autor o partícipe de un delito, interviniere en la inversión, venta, pignoración, transferencia, transporte, transmisión o cualquier otro acto jurídico referido a cosas o bienes provenientes de aquel a sabiendas de tal circunstancia, con la intención de ocultar el origen ilícito de los mismos, siempre que el valor de lo ocultado sea superior a pesos cincuenta mil ($ 50.000).”

b) “El que sin ser autor o partícipe de alguno de los hechos descriptos en el inciso anterior, primera oración, hiciera posible su comisión por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, será reprimido con una multa del veinte por ciento (20%) al ciento cincuenta por ciento (150%) del valor de los bienes objeto del delito, siempre que no resultare otro delito más severamente penado”.

”El mínimo de la escala penal será de cinco (5) años de prisión, cuando el monto de lo ocultado sea superior a pesos doscientos mil ($ 200.000), o cuando el autor realizare el hecho con habitualidad, o como miembro de una asociación ilícita, cuando sea funcionario público y actuare en el ejercicio de sus funciones.

Será castigado con la misma pena, el que habiendo sido autor o partícipe de un delito realizare los actos reprimidos en los párrafos anteriores.”

El ítem principal del proyecto es la creación de la Unidad de información Financiera, (UIF)., que funcionará con independencia funcional en jurisdicción del Ministerio de Economía.

Esta unidad será la encargada del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el lavado de activos provenientes de delitos relacionados con el tráfico y comercialización ilícita de estupefacientes (ley 23.737), delitos de contrabando de armas (ley 22.415), delitos relacionados con las actividades de una asociación ilícita calificada en los términos del art. 210 bis del Código Penal.

También para los casos de hechos ilícitos cometidos por asociaciones ilícitas (art. 210 del Código Penal) organizadas para cometer delitos por fines políticos o raciales, delitos de fraude contra la administración pública (art. 174 inc. 5º del Código Penal), delitos contra la Administración Pública.

La Unidad de Información Financiera estará integrada por diez (10) miembros. Los funcionarios que compondrán un nuevo organismo serán designados por el Banco Central de la República Argentina, la Administración Federal de Ingresos Públicos, la Comisión Nacional de Valores y también se seleccionará a un experto en temas relacionado con el lavado de activos designado por la Secretaría de Programación Para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha Contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación.

1) Se completará con un funcionario por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y cinco expertos financieros, penalistas, criminólogos u otros profesionales. La selección de estos profesionales se realizara mediante concurso publico de oposición y antecedentes, por una comisión ad - hoc integrada por miembros del Consejo de la Magistratura, Ministerio Público, elegidos por el Procurador General de la Nación, y un miembro del Directorio del Banco Central, entre otros.

La Unidad de Información Financiera contará con el apoyo de oficiales de enlace designados por los titulares del Ministerio de Justicia, la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha Contra el Narcotráfico, el Banco Central de la República Argentina, Administración Federal.

Descargue a su computadora el texto integro del proyecto de ley haciendo CLIC AQUI



dju / dju
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