20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
El hecho se cometió cuando era menor de edad

"No es no"

Con esta frase, un magistrado de Córdoba elevó a juicio una causa penal en contra un joven que actualmente tiene 21 años por un abuso sexual hacia una mujer que estaba alcoholizada. "No estamos para juzgar la conducta de la víctima sino la del imputado" sostuvo.

En la causa “C., C. E. – D., G. A. – Causa Pen/Juv. Con menor imputable”, el Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil de San Francisco (Córdoba) elevó a juicio una causa penal en contra un joven que actualmente tiene 21 años por un abuso sexual, con acceso carnal, cometido cuando era menor de edad.

La resolución puntualiza que la joven estaba alcoholizada cuando ocurrió el hecho y que el imputado se aprovechó de tal circunstancia y, luego, la dejó sola, “desamparada”, entre personas a quienes no conocía y “en estado de absoluta vulnerabilidad”.

La víctima había admitido mantener contactos íntimos con el agresor; pero cuando le pidió que se detuviera éste no lo hizo y la sometió sexualmente en contra de su voluntad.

 

 “Nada tiene que ver que la víctima con posterioridad al hecho haya podido mantener una relación con su abusador. La situación traumática vivenciada la volvió insegura, dependiente y vulnerable en sus vínculos con los demás"

 

El juez Andrés Emilio Peretti rechazó la postura defensiva en cuanto argumentaba que la joven “deseó un acto sexual” y puntualizaba ella que, con posterioridad al hecho, “mantuvo una relación interpersonal con el imputado”.

El juez consideró que la postura asumida por la defensa padece de sesgos “machistas y patriarcalistas”, absolutamente dañinos, “en tanto que, de alguna manera, permiten, si se les hiciere lugar, el sostenimiento de la violencia de género”.

Asimismo, el magistrado expuso que, en el expediente, existe un importante cúmulo de indicios y pruebas que demuestran que el abuso existió. También señaló que las pericias oficiales se expidieron sobre la veracidad del relato de la víctima y la existencia de indicadores de haber sufrido abuso sexual.

 “Nada tiene que ver que la víctima con posterioridad al hecho haya podido mantener una relación con su abusador. La situación traumática vivenciada la volvió insegura, dependiente y vulnerable en sus vínculos con los demás. (…) Aquí, insisto, no estamos para juzgar la conducta de la víctima sino la del imputado. (…) No es no. Por tanto, sobran los análisis respecto si deseó o quiso algún otro tipo de acto sexual”, añadió el magistrado.

 

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