24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Combate judicial al narcotráfico

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó 8 condenas por la tenencia de 56 kilos de cocaína por parte de un grupo de personas dedicadas a la comercialización de estupefacientes en Rosario, con la colaboración de un Comisario.

 

En la causa “POLANCO, Francisco; MALDONADO, Moisés Alejandrino; RAMIREZ, Germán; y otros s/recurso de casación”, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó cuatro recursos de casación interpuestos por las defensas de los imputados, quienes fueron condenados, en distintos grados de intervención en los hechos, en orden al delito de tráfico de estupefacientes por la modalidad de tenencia con fines de comercialización, agravado por haberse cometido con la concurrencia de tres o más personas en forma organizada (arts. 5, inc. “c” y 11, inc. “c” de la ley 23.737).

Así, el máximo tribunal penal federal del país confirmó 8 condenas por la tenencia de cincuenta y seis kilogramos (56 kgs.) de cocaína y medio kilogramo de marihuana, que poseían un grupo de personas dedicadas a la comercialización de estupefacientes en la ciudad de Rosario, con la anuencia de un Comisario de la Policía de la Provincia de Santa Fe.

 

Los jueces Mariano Hernán Borinsky como Presidente, y Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos como Vocales, evaluaron que la estructura del grupo consistía en que “había dos partes o dos caras, una línea de distribución y la línea de provisión”.

 

 

El material prohibido fue hallado el 09/10/2015 en diversos allanamientos simultáneamente efectuados en domicilios pertenecientes a la banda y en una camioneta proveniente del norte del país, que fue interceptada en el km 78 de la ruta nacional 34 de la provincia santafecina.

Además, se secuestraron varios teléfonos celulares, armas de fuego, balanzas, prensas y dinero en efectivo, entre otros elementos típicos de la actividad ilícita de narcotráfico.

Los jueces Mariano Hernán Borinsky como Presidente, y Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos como Vocales, evaluaron que la estructura del grupo consistía en que “había dos partes o dos caras, una línea de distribución y la línea de provisión”.

“A través del análisis de comunicaciones, se detectaron puntos de venta y puntualmente mencionó que Walter Jure dejaba a cargo a su hermano Diego la distribución del estupefaciente ‘hacia abajo’ de la estructura. Recordó que en una oportunidad Guillermo Miguel Rodríguez, apodado Pipena – persona a cargo de los puntos de venta-, le pidió a Jure siete personas para custodia…(A)gregó que, hacia arriba, Polanco era el enlace de la organización con el punto de distribución en Bolivia, siendo el mismo quien hablaba en Salta y en Rosario con los encargados, y viajaba permanentemente desde Salta hacia esta ciudad” expresa la sentencia.

El Máximo Tribunal Penal expresó en el fallo que "todos los órganos del Estado Argentino que intervengan en un proceso en el que se investigue el tráfico ilícito de estupefacientes deben comprometer sus mejores y máximos esfuerzos, en el ámbito de sus competencias,para que el enjuiciamiento sea agotado sin que queden impunes tramos de la actividad ilícita por la que la República Argentina asumió jurisdicción".

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