El juez federal Javier Pico Terrero fue denunciado ante el Consejo de la Magistratura por haber admitido un tratamiento con dióxido de cloro. Asociaciones del ámbito científico advierten que el magistrado actuó de forma apresurada y negligente.
Desde el comienzo de la pandemia circuló información en redes sociales y páginas web sobre la utilización de productos que contienen dióxido de cloro o derivados para tratar y prevenir el coronavirus. Ante el reporte de casos por intoxicación, la comunidad médica nacional e internacional alertó a la población sobre las consecuencias y riesgos que trae aparejado el consumo de sustancias no autorizadas.
El peligroso químico había quedado en la mira de las autoridades nacionales tras la intoxicación y muerte de un niño de 5 años, en la provincia de Neuquén. Pero la polémica se reavivó tras la decisión del Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 7, a cargo de Javier Pico Terrero, mediante la cual se ordenó al Sanatorio Otamendi tratar con dióxido de cloro a un paciente internado por Covid-19.
La Sociedad Argentina de Infectología (SADI) denunció ante el Consejo de la Magistratura de la Nación al juez federal Pico Terreno por presunto “mal desempeño en el ejercicio de la magistratura” y solicitó que se impongan las "máximas sanciones previstas".
La presentación, que también cuenta con la firma de otras organizaciones y entidades, advierte que este tratamiento no se encuentra aprobado por la autoridad de aplicación y, además, se trata de un químico “riesgoso para la salud y vida de los pacientes”.
La propia Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) había desaconsejado su uso por la “multiplicidad de eventos adversos”, en línea con lo advertido por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) ante posibles afectaciones a la salud como, por ejemplo, “irritación en el esófago y estómago, dolor abdominal, náuseas, vómitos, diarrea e intoxicaciones severas, entre otras complicaciones que pueden incluir graves trastornos hematológicos, cardiovasculares y renales”.
Los especialistas alertaron que su inhalación también “puede generar edema pulmonar, broncoespasmos, neumonitis química y edema de glotis, entre otras complicaciones respiratorias como bronquitis crónica y erosiones dentales”.
“En efecto el magistrado denunciado, con tan solo una receta formulada por un médico que se presenta como especialista en neurocirugía, resuelve obligar a la institución donde se encuentra internado el paciente, a arbitrar los medios conducentes para la implementación del tratamiento indicado, consistente en una sustancia altamente tóxica para la salud”, advierte la denuncia que ingresó al Consejo de la Magistratura y que será sorteada en las próximas semanas.
Antes del inicio de la pandemia, el producto en cuestión era promocionado como un “tratamiento alternativo” para varias enfermedades, tales como “alergias”, “cáncer” y hasta “problemas de peso”, sin ningún tipo de evidencia científica.
“En efecto el magistrado denunciado, con tan solo una receta formulada por un médico que se presenta como especialista en neurocirugía, resuelve obligar a la institución donde se encuentra internado el paciente, a arbitrar los medios conducentes para la implementación del tratamiento indicado, consistente en una sustancia altamente tóxica para la salud”, advierte la denuncia que ingresó al Consejo de la Magistratura y que será sorteada en las próximas semanas.
El hombre, de 92 años, se encontraba en grave estado de salud y los familiares acudieron al médico Dante Converti, quien le indicó el químico como "tratamiento compasivo". El caso se judicializó ante la negativa del sanatorio privado de suministrar la sustancia y la desesperación de los integrantes de la familia quienes, según declaraciones a la prensa, buscaron “todas las alternativas posibles” para que el hombre sobreviviera, algo que finalmente no ocurrió, ya que falleció luego de que se le administrara el dióxido de cloro en dos oportunidades. El abogado de la familia adelantó que pedirán la realización de una autopsia y el secuestro del historia clínica para determinar cuáles fueron los causales de la muerte.
En este sentido, los denunciantes afirmaron que el actuar del juez federal fue “apresurado y negligente” por no haber “consultado a los organismos correspondientes, tales como el propio Cuerpo Médico Forense y las sociedades científicas con competencia en la materia”. Y advirtieron: “Incluso una rápida consulta en cualquier buscador de Internet, habría permitido al magistrado conocer los peligros y advertencias que instituciones como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnologías (ANMAT), han hecho con relación al producto”.
Además del procedimiento disciplinario, el magistrado federal también fue denunciado penalmente por "intromisión en decisiones que son ajenas al derecho y propias de la ciencia médica", en el marco de una causa radicada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 58. Por su parte, el Ministerio de Salud inició una investigación sobre los antecedentes matrícula y especialidad del médico que indicó el tratamiento, y el equipo jurídico evalúa por estas horas una denuncia penal.