La Comisión de Ética Judicial de España consideró que los magistrados no deben “publicar nada que pueda socavar la confianza del público en la imparcialidad del Poder Judicial, como opiniones políticas o cuestiones polémicas”. A través de un dictamen, también recomendó “no identificarse como juez en los medios sociales”.
Citando el concepto de “neutralidad política”, la Comisión emitió un dictamen en el que destaca que los jueces deben mantener un punto de vista objetivo tanto en redes sociales como en reportajes y coloquios, para no comprometer la imparcialidad del Poder Judicial.
El dictamen sirvió como respuesta a una consulta presentada sobre cómo deben expresarse e intervenir los magistrados públicamente en las plataformas virtuales y entrevistas a medios de comunicación.
Otra sugerencia empleada por la Comisión de Ética judicial es que deben guiarse por la prudencia y la moderación que recogen las normas éticas, nacionales e internacionales, cuando abordan los límites de la libertad de expresión de los jueces.
Para abordar la problemática de las redes sociales, el dictamen invita a los jueces a demandar formación suficiente sobre su funcionamiento y uso
El dictamen resalta a su vez que el juez está obligado a dispensar un trato respetuoso a las personas que intervienen en el proceso debe extenderse también al ámbito extraprocesal, por lo que los comentarios e intervenciones de los miembros de la Carrera Judicial en medios de comunicación, redes sociales o encuentros jurídicos deben desarrollarse “con las formalidades de la buena educación” y “sin expresiones irrespetuosas, vejatorias o dañinas”.
Cabe destacar que los principios de ética judicial que afectan a la imparcialidad, independencia e integridad de los jueces son diversos (los números 3,9, 10, 16, 17, 20, 21, 29 y 31) y, en el ámbito internacional, encuentran su reflejo en los Principios de Bangalore sobre la conducta Judicial aprobados por la comisión de Derechos Humanos de la ONU.
Para abordar la problemática de las redes sociales, el dictamen invita a los jueces a demandar formación suficiente sobre su funcionamiento y uso. La Comisión de Ética Judicial señaló en dictámenes anteriores la conveniencia de que los jueces y magistrados valoren de forma individual las posibilidades y modos de presentarse en las redes sociales, así como el uso que hagan de las mismas, con el fin de que su neutralidad no se vea afectada.
Una vez más, se hace foco en que, de acuerdo con los principios de ética judicial, la participación en redes sociales debe estar presidida por la prudencia y la mesura.
La Comisión de Ética Judicial de España es un organismo independiente de los órganos de gobierno del Poder Judicial, compuesto por seis miembros de la Carrera Judicial -elegidos directamente por los jueces y magistrados españoles- y por un académico experto en Ética o Filosofía del Derecho, cuya función es orientar sobre la interpretación de los Principios de Ética Judicia