La Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Daniel Antonio Petrone, de manera remota y mediante firma electrónica (Acordadas CSJN 27/20 y CFCP 15/20), declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal federal de Mar del Plata que no hizo lugar a la sustitución del arresto domiciliario por una medida cautelar menos gravosa efectuada por la defensa de Emilio Felipe Méndez y de Julio Manuel Méndez. Para la asistencia técnica, lo resuelto por la Corte tiene implicancias directas en la situación procesal de los Méndez en la causa conocida como “La Huerta” en la que se encuentran requeridos a juicio como partícipes necesarios de los delitos de privación ilegítima de la libertad de privación ilegal de la libertad agravada e imposición de tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, calificados como crímenes de lesa humanidad, en perjuicio de Jean Pierre Louis Tailmitte, Rubén Luis Allegro, Alfredo Aníbal Lecuona y Jorge Guillermo Andreasen.