La Fiscal de Estado de Chaco, Cecilia Fernández Almendra, apeló ante la Cámara Civil y Comercial de Resistencia la resolución judicial de la jueza Marta Aucar de Trotti que dejó sin efecto en toda la provincia la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo, aprobada por el Congreso nacional. Entre los argumentos, la Fiscalía de Estado presentó dos consideraciones: en primer lugar, la incompetencia por razón de la persona y la materia, exponiendo que se trata de una ley consagrada por el Congreso de la Nación y que establece específicamente en su articulado que será el órgano de aplicación el Poder Ejecutivo Nacional. También expuso la inexistencia del caso concreto, presupuesto necesario para el otorgamiento de la medida y la inexistencia de legitimación pasiva en la medida ya que la provincia de Chaco no puede ser demandada por la constitucionalidad de una ley de alcance federal. Por otra parte, el Procurador del Tesoro de la Nación, en representación del Gobierno Nacional, presentó un requerimiento de inhibitoria en sede federal, considerando que el debate iniciado en la provincia del Chaco a partir de la medida cautelar debe ser planteado en sede federal y no en sedes de jurisdiccionales provinciales.