17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024
Demanda de cuatro organizaciones

El caso ambiental del siglo

En un fallo inédito a nivel internacional, la Justicia francesa le atribuyó responsabilidad al Estado por los fracasos y la inacción en la lucha contra el calentamiento global. Consideró ilegal que incumpla sus compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

El Tribunal Administrativo de París reconoció la existencia de daños ecológicos ligados al cambio climático y, además, consideró que el incumplimiento parcial por parte del Estado francés de los objetivos en materia de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero compromete su responsabilidad.

En 2018, cuatro organizaciones francesas -Greenpeace, Notre Affaire à Tous, la Fundación Hulot por la Naturaleza y el Hombre, y Oxfam Francia- demandaron la inacción de la Administración por no tomar medidas "suficientemente fuertes y eficaces para luchar contra el cambio climático".

Los jueces del tribunal estimaron que las fallas del Estado en el respeto de sus compromisos en la lucha contra el calentamiento global atentan contra los intereses colectivos defendidos por cada una de las asociaciones demandantes. "En línea con los compromisos asumidos y que no respetó en el marco del primer presupuesto de carbono, se debe responsabilizar al Estado (...) de parte del daño ecológico observado", advierte el texto del denominado "caso del siglo", que se convierte en un precedente inédito a nivel internacional y que podría marcar el destino de otras demandas.

 

En el caso se rechazó la solicitud de indemnización por daño ecológico, pero se impuso el pago de un euro simbólico a cada una de las cuatro ONG en compensación por daño moral.

 

La sentencia hizo hincapié en el constante aumento en la temperatura global media de la Tierra, responsable de una modificación de la atmósfera y sus funciones ecológicas, para concluir que el Estado debe ser responsable de parte de este daño si no ha respetado sus compromisos en materia de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. El tribunal estableció un plazo de dos meses para analizar y estudiar las medidas para corregir esa inacción.

Entre sus fundamentos, el tribunal también concluyó que las fallas del Estado en el respeto de sus compromisos en la lucha contra el calentamiento atentan contra los intereses colectivos defendidos por los demandantes. En el caso se rechazó la solicitud de indemnización por daño ecológico, pero se impuso el pago de un euro simbólico a cada una de las cuatro ONG en compensación por daño moral.



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