20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Cuestionamientos a la PREV-11-46

Los consejeros tienen la última palabra

El Consejo de la Magistratura se reunirá la próxima semana para analizar la validez y los alcances de la resolución de la Anses que intima a funcionarios judiciales para que definan su situación jubilatoria.

El Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación analizará la resolución PREV-11-46 que intima a funcionarios judiciales para que definan su situación jubilatoria. El tema será debatido la próxima semana en una reunión de labor.

El Cuerpo ya tiene en sus manos la respuesta de la Anses ante un pedido de explicaciones y ahora deberá analizar los pasos a seguir. Cabe recordar que el organismo previsional, a cargo de Fernanda Raverta, dispuso que “las presentaciones en demanda de un beneficio formuladas por los magistrados y funcionarios que ejercieran los cargos comprendidos en el artículo 8 de la ley 24.018 y sus modificatorias podrán iniciarse una vez que se haya presentado formalmente la renuncia al cargo y esta se encuentre en proceso de aceptación”.

La medida afecta a más de 200 magistrados y funcionarios que cuentan con trámites jubilatorios concedidos, iniciados y pendientes de conclusión, dado que a partir de ahora, la Anses procederá a determinar el derecho a la prestación y la liquidación y el otorgamiento del beneficio "al momento de presentar el cese definitivo de tareas". El organismo ya cursó las notificaciones y emplazó a los funcionarios judiciales para que “dentro del plazo de 30 días hábiles administrativos acompañe la presentación de la renuncia”.

Fue el consejero y diputado Pablo Tonelli, quien introdujo el tema durante la reunión plenaria mediante la presentación de un proyecto de resolución que rechaza las notificaciones enviadas por la Anses a los magistrados. Esta iniciativa fue acompañada por Silvia Giacoppo, Juan Pablo Culotta, Ricardo Recondo, Carlos Matterson y Diego Sebastián Marías.

“Ha sido absolutamente usual que los magistrados y funcionarios del Poder Judicial, que alcanzaban los requisitos para jubilarse, solicitaran el reconocimiento de ese derecho de manera tal que el día que renuncian ya tuvieran el beneficio acordado y no tuvieran demoras entre el cese de la percepción del haber y el inicio de la percepción de la jubilación”, explicó.

Tonelli afirmó que esta práctica “rigió durante varios años” y que la ley 27.546 no modificó la situación. Advirtió, asimismo, que se trata de un “exceso de atribuciones” y que el organismo previsional “no puede emplazar a los jueces a que renuncien y mucho menos agregarle una advertencia o amenaza de futuros cambios a su situación de revista”.

 

Otros integrantes del pleno, sin embargo, consideran que la Anses resolvió en el marco de sus atribuciones.

 

En la misma línea, el consejero-juez Culotta afirmó que la resolución se trata de una “clara violación a la independencia e inamovilidad de los jueces” prevista por el artículo 110 de la Constitución Nacional. Culotta señaló que esta medida ”coloca a un número importante de jueces ante la disyuntiva de seguir o renunciar a sus cargos ante la amenaza de sufrir un menoscabo en su haber jubilatorio”. Solicitó, asimismo, que el Consejo que se pronuncie de forma urgente y se deje sin efecto las notificaciones que se hayan cursado.

Otros integrantes del pleno, sin embargo, consideran que la Anses resolvió en el marco de sus atribuciones. En este sentido, el senador Mariano Recalde aseveró que la medida “no afecta independencia ni el criterio para resolver causas judiciales” y que la decisión “no apunta a nadie en particular”.


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