20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La clínica deberá costearle un tratamiento

Violencia de género obstétrica

Un juez de Córdoba determinó que una mujer fue víctima de violencia de Género modalidad obstétrica tipo psicológica y física en una clínica, ya que no se le brindó la atención adecuada durante el parto, que culminó con el fallecimiento de su bebé.

En autos “Clínica del Sol – Denuncia por violencia de género”, la demandante refirió que el 31 de abril del 2016, encontrándose cursando un embarazo, comenzó a presentar dolores de parto por lo que se dirigió a la Clínica del Sol.

Informó que ingresó a la clínica a la 1.00 de la mañana y que nunca le hicieron nada, ni siquiera una ecografía para escuchar los latidos. Continúo relatando que a las 7:30 hs. sintió que la bebe nacía, empero nunca la llevaron a la sala de parto.

Posteriormente manifestó que avisó que nació y fueron recién a los diez minutos, la llevaron para limpiarla y le trajeron muerta a su bebé. “Me dijeron que la placenta estaba desprendida, yo vi que cuando nació la placenta estaba entera” manifestó.

Refirió “que hasta que el día de hoy no sé cuál fue el motivo por el cual falleció. Me dijeron que volviera a la Clínica a los quince días, que iba a estar el resultado de la autopsia, y así lo hice. Me decían que no encontraban el cuerpo, me preguntaban a nombre de quien lo había dejado hasta que después de mucho tiempo, en el mes de septiembre me dieron el resultado”.

El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4.° Nominación de la ciudad de Córdoba consideró que la joven madre fue víctima de violencia obstétrica, física y psicológica.

 

La clínica deberá publicar información sobre la temática en lugares visibles como salas de espera, barandillas y páginas web.

La jueza Mariana Wallace emplazó a las autoridades del nosocomio para que en 30 días presenten un protocolo de capacitación en la temática destinado tanto a los profesionales de la salud como al personal administrativo; un protocolo de expedición de certificado de defunción fetal; y un protocolo que garantice a las mujeres contar con la información necesaria respecto de los derechos que le asisten antes, durante y con posterioridad al parto, con o sin vida, incluso tratándose de abortos.

Por ello, la clínica deberá publicar información sobre la temática en lugares visibles como salas de espera, barandillas y páginas web.

 “D. F. P. transitó en la clínica un proceso de parto en las antípodas del parto humanizado, se le proporcionó un parto deshumanizado y deshumanizante. El comportamiento de la clínica con posterioridad a tal evento, que gira en torno a la entrega de los restos del alumbramiento sin vida y la documentación correspondiente, fue cuando menos negligente y cruel”, afirmó la jueza Wallace.

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