22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024
"Techo de cristal" en la Justicia

Por el cupo en las ternas

Asociaciones civiles iniciaron un amparo colectivo para el cumplimiento del cupo mínimo de mujeres en las ternas para cubrir vacantes judiciales. Piden frenar el trámite de aquellas conformadas exclusivamente por varones.

El cupo género en las ternas para cargos judiciales llegó a la Justicia. Se trata de un amparo colectivo contra el Estado Nacional – Consejo de la Magistratura de la Nación para que se declare la nulidad de las ternas aprobadas en los concursos destinados a cubrir cargos en los Tribunales Orales Federales de La Plata, en la nueva Sala Especializadas en Defensa de la Competencia de la Cámara Civil y Comercial Federal y en la Cámara Nacional en lo Penal Económico.

La acción fue impulsada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Fundación Mujeres en Igualdad (MEI), la Asociación de Abogadas Feministas de la Argentina (ABOFEM), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), la Fundación Poder Ciudadano y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA).

Reclamaron que el organismo emita nuevas resoluciones que cumplan con el cupo de género y que, además, se ordene al Ejecutivo y al Senado devolver los pliegos de los concursos, y se abstengan de tomar cualquier actuación impulsora respeto los mismos.

Asimismo, solicitaron una medida cautelar de no innovar para frenar el trámite de estos concursos, hasta tanto se dicte sentencia. La causa recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo N° 4, a cargo de la jueza Rita Ailan, en los autos “Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y otros C/ En- Consejo   de la Magistratura de la Nación-Ley 24937 S/Amparo Ley 16.986”.

El actual Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes prevé en su artículo 44 que, cumpliendo una serie de requisitos, debe incorporarse al menos a una concursante mujer por terna. Pese a la normativa vigente, en diciembre pasado, el Consejo de la Magistratura aprobó las ternas para los concursos 366, 415 y 418 en “violación de su reglamentación y las obligaciones constitucionales”.

 

La presentación judicial advirtió que “sino se dictan las medidas judiciales protectorias” serán elegidos varones para cubrir todos esos cargos, lo “profundiza gravemente la situación de desigualdad de género existente que la propia norma del Consejo de la Magistratura se propuso remediar agravando el estado de cosas inconstitucional en que nos encontramos producto de la falta histórica de un compromiso igualitario en el marco de los procesos de selección de magistradas y magistrados”.

 

Explicaron, en este sentido, que fueron procesos de selección en los que las mujeres postulantes “alcanzaron la instancia de entrevista personal y en varios de estos casos incluso forman parte delas listas complementarias”.

Las organizaciones habían presentado en diciembre del año pasado una nota ante el Consejo advirtiendo la situación para que sea revisada, pero desde el organismo les respondieron que no habían incumplido con el reglamento porque los concursos se habían iniciado antes de la modificación que incorporó expresamente el cupo. 

La presentación judicial advirtió que “sino se dictan las medidas judiciales protectorias” serán elegidos varones para cubrir todos esos cargos, lo “profundiza gravemente la situación de desigualdad de género existente que la propia norma del Consejo de la Magistratura se propuso remediar agravando el estado de cosas inconstitucional en que nos encontramos producto de la falta histórica de un compromiso igualitario en el marco de los procesos de selección de magistradas y magistrados”.

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