El candidato a Procurador General de la Nación, Daniel Rafecas, expresó que si se aprueba la reforma del Ministerio Público que no exige la mayoría parlamentaria, renunciará a su postulación
Daniel Rafecas, juez federal y actual candidato a Procurador General de la Nación, adelantó a través de su cuenta de la red social Instagram que renunciará a la postulación si se aprueba la reforma del Ministerio Público Fiscal con la reducción de la mayoría necesaria en el Senado para su designación.
“Si a mitad del proceso para mi designación, se reduce por ley la mayoría necesaria en el Senado para nombrar al Procurador, eso será para mí un limite ético insuperable, que me hará imposible seguir adelante con la postulación. Respeto otras posturas, pero esta es mi convicción, ética y jurídica”, detalló el magistrado en su cuenta personal.
El proyecto de reforma cuenta con media sanción del Senado y contempla que el Procurador General de la Nación sea elegido por mayoría absoluta de la Cámara Alta, en vez de por los dos tercios de los presentes, como es el procedimiento actualmente. O sea, que el candidato o candidata necesitará 37 votos en lugar de 48.
“En este año y dos meses transcurridos, ha avanzado un proyecto de ley, tendiente a reformar el Ministerio Público Fiscal. Como no fui llamado a dar mi parecer sobre su contenido, ni por quienes lo impulsaron en el Senado, ni en las audiencias en Diputados, así como tampoco por el Ministro de Justicia, quiero dejar asentada públicamente mi postura: más allá de que el cargo sea vitalicio o temporario, es indispensable que el PGN tenga el consenso político suficiente para ejercer un cargo de tanta relevancia institucional, para lidiar con la CSJN y para encarar reformas estructurales a nivel federal”, profundizó Rafecas para mostrar su desacuerdo.
Entre otras cuestiones, la reforma también establece una reducción del período de mandato a cinco años, reelegible por un lustro y, al momento de su nombramiento, no podrá superar los 75 años de edad. Estas modificaciones son incorporadas como artículo 62 bis a la norma vigente.
Como vitalicios solo se mantendrán los cargos de procuradores fiscales, el fiscal nacional de Investigaciones Administrativas, los fiscales generales, los fiscales generales y fiscales de la Procuración General. Podrán permanecer en sus puestos mientras dure su buena conducta o hasta que cumplan los 75 años.
Según los detalles de la normativa, la persona titular del Ministerio Público Fiscal solo podrá ser removida por razones de mal desempeño, crímenes comunes o delito en el ejercicio de sus funciones. En ese caso, para la acusación ante el Senado de la Nación, se requerirá la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara, en tanto que para la remoción se necesitan los votos de los dos tercios.
No obstante, el Senado podrá suspender al procurador, mientras dure el proceso de remoción, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros.