El Senado de la Nación aprobó y giró a Diputados la Ley de Ministerio Público Fiscal que busca modificar el proceso de elección y la duración del mandato del Procurador General.
Con 42 votos a favor y 27 en contra, la Cámara de Senadores de la Nación le dio media sanción al proyecto de ley que busca modificar el reglamento del Ministerio Público Fiscal.
Uno de los puntos principales de la Ley 27.148 busca que el Procurador General de la Nación sea elegido por mayoría absoluta de la Cámara Alta, en vez de por los dos tercios de los presentes, como es el procedimiento actualmente. O sea, que el candidato o candidata necesitará 37 votos en lugar de 48.
Por otra parte, establece una reducción del período de mandato a cinco años, reelegible por un lustro y, al momento de su nombramiento, no podrá superar los 75 años de edad. Estas modificaciones son incorporadas como artículo 62 bis a la norma vigente.
El proyecto propone que la postulación y designación del candidato o candidata no podrá realizarse durante el año electoral en el cual se elija presidente de la Nación.
Como vitalicios solo se mantendrán los cargos de procuradores fiscales, el fiscal nacional de Investigaciones Administrativas, los fiscales generales, los fiscales generales y fiscales de la Procuración General. Podrán permanecer en sus puestos mientras dure su buena conducta o hasta que cumplan los 75 años.
Según los detalles de la normativa, la persona titular del Ministerio Público Fiscal solo podrá ser removida por razones de mal desempeño, crímenes comunes o delito en el ejercicio de sus funciones. En ese caso, para la acusación ante el Senado de la Nación, se requerirá la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara, en tanto que para la remoción se necesitan los votos de los dos tercios.
No obstante, el Senado podrá suspender al procurador, mientras dure el proceso de remoción, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros.
El resto de las personas que componen el Ministerio Público Fiscal podrán ser removidos de sus cargos únicamente por el Tribunal de Enjuiciamiento. La composición de este tribunal también se modifica en el proyecto y quedará de la siguiente manera: un vocal en representación del Poder Ejecutivo, tres por la comisión bicameral, uno por el Consejo Interuniversitario Nacional, un abogado de la matrícula federal, y un fiscal con no menos de 10 años de antigüedad electo por sorteo público.
Dichos cargos tienen una duración de dos años y el presidente del tribunal será uno de los representantes de la bicameral.
El proyecto propone que la postulación y designación del candidato o candidata no podrá realizarse durante el año electoral en el cual se elija presidente de la Nación.